Home Comunidad Así se deberán quemar los años viejos en Guayaquil

Así se deberán quemar los años viejos en Guayaquil

by Kelvin Jarama

Ya se cumplieron 17 años desde que el Municipio de Guayaquil reguló la quema de monigotes en las calles. Un 17 de diciembre el Cabildo, dirigido por Jaime Nebot, emitió un comunicado con el que prohibía la quema de los años viejos en cualquiera de las áreas regeneradas debido al daño que podían causar.

Esta disposición se ha ampliado a otros sectores en ese entonces varias personas la consideraban de ‘absurda’ porque iban a arrancar una tradición popular. En el 2002 las áreas regeneradas implicaban: cerro Santa Ana, Barrio del Centenario, barrios de excelencia, calle Portete, malecón Simón Bolívar, avenida Olmedo, bulevar Nueve de Octubre, Plaza de la Administración y subsector turístico del casco comercial.

La norma, que sigue vigente, prohíbe quemar los monigotes en:

-En las calles y avenidas asfaltadas (pavimento asfáltico de color negro). No se podrá realizar la quema en la calzada por los daños que el fuego ocasiona en el asfalto.

-En cualquiera de las áreas que han sido sometidas a la regeneración urbana (adoquinadas o ajardinadas) por el daño irreparable que el fuego ocasionaría sobre la obra.

-Tampoco se puede quemar en el carril exclusivo de la Metrovía.

Los espacios donde se podrán quemar los monigotes son: calles o avenidas pavimentadas con hormigón (cemento de color gris) o que sean solamente rellenadas (cascajo), veredas y en solares no edificados.

Quienes incumplan las normas será sancionado de acuerdo al art 427 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, “referente al uso indebido, destrucción o sustracción de cualquier clase de bienes de propiedad de los gobiernos autónomos descentralizados por parte de terceros, serán sancionados por el funcionario que ejerza esta facultad, de conformidad a lo previsto en la normativa respectiva, sin que esto obste el pago de los daños y perjuicios o la acción penal correspondiente».

En el Cootad se plantean también sanciones de hasta 100 salarios básicos unificados. Los daños ocasionados en las vías públicas en donde se prohíbe esta actividad serán responsabilidad del propietario o arrendatario del predio más cercano.

FUENTE: El Universo

Related Articles