El Magíster en Derecho Constitucional, Alfonso Zambrano Pasquel, en el programa Los Especialistas de Ecuador en Directo, se manifestó sobre el pedido que hizo la Corte de Justicia a la Interpol Internacional con respecto a la ubicación del expresidente Rafael Correa, “vamos por parte, una es el requerimiento bajo pedido y otra es la posibilidad que yo la veo muy remota, y puedo explicar porque el Reino Unido de Bélgica acceda a un pedido de extradición dirigido contra el expresidente Rafael Correa Delgado. El tema de la Interpol hay que recordar que no existe una alerta roja, dentro de una fuente de requerimiento internacional y con una policía que tiene más de cien años de vida, pero ya se ha desacreditado la petición de alerta roja en el caso Balda del expresidente Rafael Correa”, explicó y que además, “lo que se pide en el requerimiento de la semana anterior es que, se determine donde está, es creíble la respuesta que esté en el lugar donde vive que es Bélgica, y en estos días hemos visto que estaba en algún otro país, sin duda el exmandatario ecuatoriano es más requerido acá en los diferentes foros internacionales y eso explica sus continuos viajes como conferenciante invitado. Ahora para que ya proceda en la parte formal un pedido de extradición tiene que haber un tratado que es un acuerdo bilateral entre las partes, si hay un tratado de extradición entre Bélgica y Ecuador no significa que necesariamente se vaya a romper esto”.
Alfonso Zambrano indicó que es un tratado muy antiguo que data del año 1887, es decir, se encuentra desactualizado, no solamente porque lo dice sino porque lo han dicho expertos desde el ámbito de derecho internacional que ese tratado tiene 100 años de antigüedad. En segundo lugar, se demanda la doble imputación, que significa esto, el hecho que se indulte como delito esté imprevisto tanto en el país que hace el pedido mediante el procedimiento que se llama extradición; por lo tanto, el objeto jurídico del proceso en el Ecuador no está previsto, o sea, el cohecho como tal, no forma parte del tratado de extradición, eso sería ya el primer argumento, fundamento para cada realidad.
Zambrano expuso que, todos los países del mundo son libres y soberanos para decidir o rechazar la petición de una extradición, “no hay precedentes que conozcamos de que Bélgica sea un país con facilidad, que esté presto a extradiciones, en el caso del expresidente Rafael Correa, tanto su esposa como sus hijos están en Bélgica y consecuentemente el expresidente Correa tendría derecho a la doble nacionalidad, lo cual significaría un bloqueo a una petición de extradición y lo otro es examinar el fondo de la pretensión, hay que recordar que el imaginario colectivo no se difumine en el escándalo mediático, este proceso contra el expresidente Correa, que se va a apreciar allí, ¿cuáles fueron los hechos jurídicos?, un supuesto cohecho de 6 mil dólares”, enfatizó.
Dio a conocer que la imputación es por un cohecho, pero también hay aspectos importantes como la forma que fue desatendida la defensa del exmandatario Correa, “porque para aquel momento, yo ya era abogado en el caso, y se hicieron anuncios probatorios, esto lo menciono porque todo esto tendrá que ser examinado en un proceso de extradición, el expresidente Correa hizo anuncio de pruebas, las pruebas fueron autorizadas por la jueza Camacho, los jueces del primer nivel Saquicela, León y Rodríguez, ellos dispusieron las prácticas de pruebas que habían sido anunciadas oportunamente. Es un caso similar a lo que pasó en Ecuador, ya lo tengo cubierto en el libro mío que circula como Caso Sobornos”, recalcó el constitucionalista.
“Primero no se han agotado todos los recursos porque en Ecuador hay un recurso excepcional que es el recurso de revisión, el recurso de revisión tiene algunas características entre otras es imprescindible, o sea, no hay tiempo para posponerse, pero en la normativa ecuatoriana vigente del año 2014 estableció nuevas pruebas, nosotros si tenemos nuevas pruebas que mostrar, pero habrá que decidir por parte del expresidente Correa si es conveniente presentar en estos días o después de un mes, en otros meses ese recurso extraordinario de revisión que significaría la oportunidad que se revoque la condena, se requiere las características que son del sistema de justicia de cualquier parte del mundo civilizado, que haya jueces imparciales, independientes, yo le agrego con conocimiento”, reiteró Zambrano.
También comentó que si el expresidente Rafael Correa considera que en este momento hay jueces independientes e imparciales van a proponer el recurso de revisión, eso no prescribe, pero les queda la Fiscalía del Sistema Interamericano de Derechos Humanos donde se tomará en consideración lo que se ha comentado, muy brevemente, es decir, la inexistencia de jueces imparciales.
Además, puntualizó que el influjo psíquico si existe, ¿cómo se prueba?, no existe pruebas del supuesto influjo psíquico como decía Edmundo Durán Díaz ese gran Fiscal General que tuvo Ecuador, lo que no está aprobado en el proceso legalmente no existe, no puede alguien suponer un influjo, si eso no se aprueba, es decir, que es muy complejo aprobarlo, “todos esos aspectos tendrían que haber sido analizados en sus momento, primero por la Comisión Interamericana que tendrá que estudiar y examinar. Alguien puede decir que mientras no se agote el recurso de revisión no se puede ir al Sistema Interamericano, verdad a medias, porque este Sistema me parece que prevé en el artículo 25 del Pacto de San José, aprecia que en un determinado país no hay condiciones que aseguren la independencia e imparcialidad de los jueces”, aseveró el abogado.
El doctor insistió que, no solo por el tema del Caso Sobornos los jueces fueron destituidos, porque actuaron en el ejercicio de su competencia, “y esto puedo hablar con conocimiento suficiente, el Código del Procedimiento Penal del año 2000 que es el antecedente del segundo libro del Código del 2014 fue estructurado por Walter Guerrero Vivanco presidente de la Corte Suprema, Edmundo Durán Díaz y el tercer comisionado de la cede de Quito era Alfonso Zambrano Pasquel”, acotó.
El constitucionalista aseguró que, el país tiene que examinar que no haya trasfondo político en el requerimiento de extradición y cercanamente en el Perú se han negado algunas extradiciones de ciudadanos ecuatorianos como el doctor Carlos Pareja Cordero, también la situación del doctor González y un empresario ecuatoriano, han negado siempre la extradición porque hay persecución política, “voy a recordar algo, fui el primer abogado en el caso Filanbanco de los señores Isaías del señor Roberto y William, hasta ahora no se ha podido ser viable el procedimiento de extradición que está dirigido a Estados Unidos y esos casos de hace 20 años, o sea, cuando hay alguna duda, cuestionamiento, problema de fondo que puede haber una connotación política, el Estado requerido lo niega, el caso del expresidente Jamil Mahuad que yo sostengo históricamente fue objeto de un proceso perverso como sinónimo de equivocado porque Mahuad hubiera ido en la vía de la dolarización que sería del Ecuador, un desastre mayor de lo que es actualmente”, señaló.
Zambrano dijo que, en el Ecuador de acuerdo a la Constitución no puede conceder la extradición de un ecuatoriano requerido por Estados Unidos o cualquier país del mundo, “si le entendía bien si se llegase aprobar que el cometió un delito no porque existe una sentencia porque como yo digo el proceso del expresidente Rafael Correa es un proceso que no tiene credibilidad, ha sido sin duda alguna forjado porque se lo buscaba era para inhabilitarlo como se consiguió, y llegar de opción de una candidatura, ¿qué es lo necesita?, que esté comprobado sin duda alguna la existencia de un delito”, destacó.
El Magíster en Derecho Constitucional subrayó que, la descriminalización secundaria es activa y se dirige contra unos y excluye a otros, a quienes esconde sin duda son a sus amigos, pero actualmente se habla de las noticias falsas y de la guerra judicial, donde jueces fiscales y medios de comunicación en un momento dado propician está descriminalización mediática, por ende, ejercen una gran influencia no solo en la opinión pública sino que en jueces y fiscales para que no puedan actuar con independencia o imparcialidad.
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