Home Política En Ecuador, sentencias en caso de corrupción de Odebrecht son reformadas por Tribunal de Apelación

En Ecuador, sentencias en caso de corrupción de Odebrecht son reformadas por Tribunal de Apelación

by Kelvin Jarama

Édgar Arias fue el dueño de las empresas Columbia Managment, en Panamá, y Dicelec, en Ecuador, las cuales sirvieron para pagar coimas de Odebrecht.

Más de seis horas le tomó al Tribunal de Apelación integrado por los jueces Fabián Fabara, Miguel Narváez y Fabricio Robalino hacer conocer una sentencia oral que reformó casi por completo lo decidido por un Tribunal de Juzgamiento, en febrero de 2020, en el caso que analizó un lavado de activos relacionado a la trama de corrupción que la empresa brasileña Odebrecht implementó en el Ecuador.

Aceptar parcialmente en unos casos y totalmente en otros los recursos de apelación a la sentencia es lo que decidió la noche del viernes último un Tribunal de lo Penal de Pichincha, en la reinstalación de la diligencia. El 16 de marzo pasado se instaló el primer día de la audiencia de apelación.

En tanto que, luego de una audiencia de juzgamiento, el Tribunal sentenció a siete años de cárcel al representante de la empresa Diacelec, Édgar Arias Quiroz, en calidad de autor; a Gladys Anauisa y Juan Barberis, ambos relacionados con la empresa Conacero y señalados como coautores; y se ordenó la disolución y liquidación de las personas jurídicas Diacelec y Conacero.

Mientras que se absolvió a Elvira I. y José  A., esposa e hijo de Arias Quiroz, además de la contadora Miriam Coral.

Fiscalía identificó a Édgar Arias Quiroz en el caso por lavado de activos como dueño de las empresas Columbia Managment, en Panamá, y Dicelec, en Ecuador, las cuales sirvieron para traer al país dineros destinados a pagar coimas de Odebrechtpara que se les adjudique obras en el sector público.

Según la teoría de Fiscalía, las transferencias de dinero llegaron a la offshore Columbia Managment, mediante depósitos provenientes de cuatro empresas y un banco manejados por Odebrecht; mientras que la offshore Columbia habría recibido en Panamá depósitos por $47 millones.

Una vez analizados los argumentos de los sujetos procesales, los jueces del Tribunal de Apelación decidieron acoger parcialmente el recurso de apelación de Analuisa y Barberán. De los siete años de cárcel definidos inicialmente como coautores se pasó a definirles una sentencia de tres años y medio de prisión en calidad de cómplices.

En cambio para las empresas Conacero y Diacelec, el Tribunal acogió la apelación planteada de las personas jurídicas y revocaron la sentencia que obligaba la disolución y liquidación. Los jueces señalaron que se había vulnerado el principio de igualdad y que se aplicó para sentenciar a las empresas el Código Orgánico Integral Penal cuando la norma a aplicar debía haber sido la Ley de Prevención de Lavado de Activos.

La pena impuesta contra Arias no fue apelada debido a que el empresario ecuatoriano falleció a causa del Covid-19 en abril del 2020. Él se encontraba detenido en el Centro de Privación de Libertad (CPL) de Tungurahua, en Ambato, cumpliendo en el nivel de mínima seguridad una sentencia de seis años por asociación ilícita, delito también relacionado a actos de corrupción de la constructora Odebrecht.

En la causa por asociación ilícita Odebrecht también fue sancionado en 2017 el exvicepresidente de la República, Jorge Glas, y su tío  Ricardo Rivera.

En cuanto a la contadora Coral y la apelación planteada contra su sentencia por la Fiscalía y la Procuraduría, el Tribunal revocó la sentencia de la mujer, declarándola culpable del delito de lavado de activos en calidad de cómplice. La pena definida para ella fue de tres años y seis meses de cárcel.

La sentencia de primer nivel únicamente no sufrió modificaciones en lo referido a la esposa e hijo de Arias Quiroz. Ratificaron esa sentencia que ratificaba su estado de inocencia, pues el Tribunal afirmó que primó el principio de confianza de la esposa y el hijo hacia el padre.

Una vez se reformó la pena para Analuisa, Barberán y Coral, la defensa de estos solicitaron la suspensión condicional de la pena.

En la audiencia de juicio se definió que el monto total que se lavó en este caso fue $ 14.6 millones, por lo que se esperaría que el Estado recupere como reparación integral el doble de esa cantidad, es decir, $ 29.2 millones. 

Foto cortesía El Universo

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