Home Deportes COE nacional: “no existe autorización para la realización de partidos con presencia de público en estadios”

COE nacional: “no existe autorización para la realización de partidos con presencia de público en estadios”

by Kelvin Jarama

Durante la sesión del jueves pasado, el Comité de Operaciones de Emergencia (COE nacional) ratificó que “no existe autorización para la realización de partidos con presencia de público en estadios”, esto tras el pronunciamiento del alcalde de Quito, Jorge Yunda, en el que se autorizaba un aforo del 30% para los juegos de la LigaPro.

En un comunicado el COE señaló que “ninguna intendencia a nivel nacional otorgará permisos para espectáculos públicos”, esto según la resolución emitida por la entidad con fecha 20 de mayo de 2021.

Ecuador se mantiene en crisis sanitaria por la pandemia del COVID-19, por lo que para cualquier actividad la decisión, en caso de regreso de público a los estadios, “corresponde al Ministerio de Salud Pública, por lo que la reactivación de cualquier actividad que ponga en riesgo a la población o implique aglomeración de personas en eventos masivos requiere de su valoración a través de informes y análisis técnicos”, indicó el COE.

La entidad detalló además que “se encuentra vigente la Ley Orgánica de Prevención y Sanción de la Violencia en el Deporte”, que establece las competencias de autoridades nacionales y locales, para el desarrollo de espectáculos de carácter deportivo.

El artículo 22 de la Ley en referencia dispone que son competencias de las intendencias y comisarías nacionales “expedir o revocar mediante resolución motivada los permisos y autorizaciones para la realización de eventos deportivos previa verificación del cumplimiento de los requisitos habilitantes, en especial del plan de seguridad, prevención y gestión de riesgos en escenarios y eventos deportivos aprobado por la respectiva unidad de riesgos del gobierno autónomo descentralizado municipal o metropolitano o el delegado del ente rector de la política pública de gestión del riesgo”.

En la misma Ley, el artículo 12 dispone como requisito para la autorización de intendentes “la presentación de un Plan de Seguridad, Prevención y Gestión de Riesgos en escenarios y eventos deportivos. Este plan, cuando el aforo supere las cinco mil personas, requiere la aprobación del Servicio Nacional de Gestión de Riesgos y Emergencias”.

Con esta resolución del COE se deja sin efecto la iniciativa promovida por el Municipio capitalino y sus funcionarios, quienes detallaron tener incluso “herramientas digitales” para control de los aficionados en los escenarios deportivos.

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