Gracias a los votos de la mayoría de los miembros de la Corte Constitucional, se dispuso una condición al decreto presidencial que el Presidente de la República Guillermo Lasso, impuso en el país para enfrentar la crisis carcelaria y el alto índice de inseguridad que sufren los ciudadanos.
La Corte Constitucional indicó que ahora serían 30 y ya no 60 los días de duración del estado de excepción. De acuerdo al organismo estatal, Lasso no sustentó las pruebas suficientes para determinar que Ecuador reciba un estatus especial de dos meses. Desde el 18 de octubre del presente año, se vive un estado de excepción que fue auspiciado por el mandatario ecuatoriano, con la justificación de que existe una «grave conmoción interna debido al aumento en la actividad delictiva en el país”.
El Oro, Guayas, Santa Elena, Manabí, Los Ríos, Esmeraldas, Santo Domingo de los Tsáchilas, Pichincha y Sucumbíos, serán las únicas provincias en donde en sus calles se desplegarán los miembros de las Fuerzas Armadas del Ecuador, conforme a la nueva disposición del ente máximo de control. También acotaron que la movilización militar se “restringirá a operativos en los que cumplan exclusivamente funciones complementarias a las de la Policía Nacional, siempre que se encuentre suficientemente justificada su intervención y esta respete el principio de proporcionalidad”.
La Defensoría del Pueblo recibió el aval de la Corte Constitucional, para que persiga todos los actos que se realicen en el estado de excepción, con el fin de que no se violen los derechos humanos.
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