La Corte Constitucional, el pasado 21 de diciembre, mediante sentencia 37-19-IN/21 declaró inconstitucional la resolución del Consejo Nacional de la Judicatura 10-19, que dispuso la evaluación integral de los Jueces y Conjueces y su eventual posterior remoción.
Según el organismo constitucional, “por el principio de seguridad jurídica”, este fallo ratifica las designaciones de Jueces realizadas con posterioridad, y sus fallos. Pero otorgó a los jueces removidos el derecho de demandar al Estado por la ilegal destitución y obtener la condigna reparación económica.
Durante el gobierno de Lenín Moreno se creó el Consejo de Participación Ciudadana Transitorio que presidió Julio César Trujillo, una de sus primeras tareas fue destituir el Consejo de la Judicatura que estaba al mando del Dr. Gustavo Jalkh. Bajo la figura de una “evaluación” cuestionada, el organismo reconstituyó con la dirección de María del Carmen Maldonado, pariente de la esposa de Moreno.

El Consejo de la Judicatura de Maldonado realizó la evaluación de los jueces de la Corte Nacional, (mediante resolución del Consejo de la Judicatura 10-19 de febrero 19 de 2019) que incluía automáticamente su destitución, si resultaban, a criterio del Consejo de la Judicatura de Moreno mal evaluados. Posteriormente el Consejo de la Judicatura nombraría a dedo Conjueces temporales, que fueron los que sentenciaron, en su mayoría los procesos seguidos en contra del expresidente Correa y varios de sus colaboradores.
El proceso se produjo en los meses de marzo y abril de 2019, pocas semanas antes de que apareciera el juicio de arroz verde, que comenzó el 1 de mayo de 2019. Según varios analistas aquí primó la amenaza de destitución de los jueces, la oferta de ratificación o la promesa de ser elegidos jueces titulares.
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