Home Política SNAI no podrá impugnar informes médicos que favorecieron a Jorge Glas

SNAI no podrá impugnar informes médicos que favorecieron a Jorge Glas

by Kelvin Jarama

Hasta el 16 de mayo de 2022, el Tribunal de la Corte Provincial de Santa Elena deberá pronunciarse sobre la apelación al habeas corpus de Jorge Glas.

El 5 de mayo de 2022, fue el sorteo de los jueces que conocerán el caso. Se trata de Silvana Caicedo, ponente y presidenta de la Corte Provincial, Kléber Franco y Juan Camacho.

Según la Ley de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional (Lgjcc), el Tribunal tiene ocho días término para pronunciarse. Ese plazo se cumpliría el 16 de mayo de 2022

Las apelaciones en materia constitucional tienen varias singularidades. El artículo 24 de la Lgjcc, por ejemplo, dice que la apelación se resolverá únicamente con base en el expediente del caso.

André Benavides, abogado constitucionalista, explica que en la práctica esto significa que no hay una obligatoriedad de que se convoque a una audiencia. Sino que los jueces pueden resolver solo con los documentos que están en el expediente y que se presentaron en la audiencia inicial.

Por ejemplo, en esa diligencia intervinieron cuatro especialistas que hicieron evaluaciones médicas y psiquiátricas al exvicepresidente.

Uno de ellos fue un médico alemán, que cumplía la tarea por mandato de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).“Tenía trastorno de ansiedad generalizada, pero fue leve cuando entró a la cárcel, cuatro años más tarde, cuando lo vi, tenía un cuadro psiquiátrico grave”, dijo Michael Brune.

A este testimonio se unieron los médicos del Ministerio de Salud, quienes dijeron que el paciente “tiene múltiples enfermedades y una de ellas es genética, no es curable y se llama espondilitis anquilosante”, un tipo de artritis que le fue detectada hace 19 años.

El representante del SNAI respondió entonces que “no se tiene nada que objetar“. Esa declaración quedó inscrita en el expediente, por lo que en la apelación no se impugnarán esos informes médicos que son la principal base para el habeas corpus.

Aunque, explica Benavides, si lo consideran necesario, los jueces pueden ordenar la práctica de elementos probatorios nuevos y convocar a audiencia. Esta se deberá realizar dentro de los siguientes ocho días hábiles, es decir, hasta el 16 de mayo. En ese caso, el plazo inicial se interrumpe y empezará a correr desde el día de la audiencia.

Foto cortesía.

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