Home Nacionales Los requisitos para los aspirantes policiales, arranca este domingo 5 de junio  

Los requisitos para los aspirantes policiales, arranca este domingo 5 de junio  

by Kelvin Jarama

El domingo 5 de junio la Policía Nacional iniciará el proceso de solicitud relacionado con la contratación de 7.657 nuevos agentes (6.508 hombres y 1.149 mujeres), entre servidores técnicos operativos, especialistas y oficiales.

Las inscripciones se receptarán desde las 00:00 del domingo 5 de junio hasta las 23:59 del miércoles 15 del mismo mes, a través del sitio web https://reclutamiento.policia.gob.ec.

Las personas interesadas deberán crear una cuenta de usuario e introducir sus datos personales. El registro se realiza de acuerdo al último número de la cédula de identidad de acuerdo a la siguiente tabla:

<b>Último dígito de la cédula</b><b>Fechas de postulación</b>
1 y 25 y 6 de junio
3 y 47 y 8 de junio
5 y 69 y 10 de junio
7 y 811 y 12 de junio
9 y 013 y 14 de junio
Todos los dígitos15 de junio

Estos son los requisitos para bachilleres:

  • Ser ecuatoriano por nacimiento o naturalización;
  • Tener mínimo 18 años y máximo 22 años, 11 meses, 30 días a la fecha del registro;
  • Estatura mínima para hombres 168 centímetros y mujeres 157 centímetros, descalzos;
  • Poseer título de bachiller, en el caso de título extranjero deberá encontraste homologado por la entidad correspondiente;
  • No haber sido dado de baja, destituido, separado o cesado de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional o de alguna de las entidades reguladas por el Código Orgánico de Entidades de Seguridad Ciudadana y Orden Público por cualquier circunstancia; a excepción de la solicitud voluntaria; siempre y cuando, no tenga procesos penales o administrativos, de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional;
  • No haber sido dado de baja, destituido, separado o cesado de las Escuelas o Centros de Formación de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional o de alguna de las entidades reguladas por el Código Orgánico de Entidades de Seguridad Ciudadana y Orden Público, a excepción de solicitud voluntaria o fuerza mayor, siempre que durante su permanencia en el Centro o Escuela de Formación no hayan sido sancionados disciplinariamente por faltas graves, muy graves o sus equivalentes;
  • No haber recibido sentencia condenatoria ejecutoriada por cualquier delito;
  • No registrar procesos judiciales de carácter penal pendientes;
  • No haber recibido sentencia condenatoria ejecutoriada por delitos o contravenciones en asuntos de violencia intrafamiliar o de género;
  • Tener una nota habilitada del Examen de Acceso a la Educación Superior o el equivalente del examen de admisión a las Instituciones de Educación Superior, vigente al momento de la postulación, con un puntaje de 800 para aspirantes a servidores policiales directivos y 750 para aspirantes a servidores policiales técnicos operativos;
  • No haber incurrido en el cumplimiento de los deberes y responsabilidades como ecuatorianos establecidos en la Constitución de la República del Ecuador;
  • No deber dos o más pensiones alimenticias;
  • Aprobar cada una de las fases del proceso de reclutamiento, selección e ingreso; y,
  • No encontrarse inmerso en algunas de las inhabilidades contempladas el artículo 34 del Código Orgánico de Entidades de Seguridad Ciudadana y Orden Público, en lo que fuere aplicable al proceso de reclutamiento, selección e ingreso o en lo establecido en la Ley Orgánica del servicio público que inhabilitan el desempeño del cargo público.
  • No estar afiliado a ningún partido político.

En el caso de técnicos o tecnólogos, ellos deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Ser ecuatoriano por nacimiento o naturalización;
  • Tener mínimo 18 años y máximo 24 años, 11 meses, 30 días a la fecha del registro;
  • Estatura mínima para hombres 168 centímetros y mujeres 157 centímetros, descalzos;
  • Poseer título de técnico y/o tecnólogo registrado en el Senescyt, en el caso de título extranjero deberá encontraste homologado por la entidad correspondiente;
  • No haber sido dado de baja, destituido, separado o cesado de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional o de alguna de las entidades reguladas por el Código Orgánico de Entidades de Seguridad Ciudadana y Orden Público por cualquier circunstancia; a excepción de la solicitud voluntaria; siempre y cuando, no tenga procesos penales o administrativos, de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional;
  • No haber sido dado de baja, destituido, separado o cesado de las Escuelas o Centros de Formación de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional o de alguna de las entidades reguladas por el Código Orgánico de Entidades de Seguridad Ciudadana y Orden Público, a excepción de solicitud voluntaria o fuerza mayor, siempre que durante su permanencia en el Centro o Escuela de Formación no hayan sido sancionados disciplinariamente por faltas graves, muy graves o sus equivalentes;
  • No haber recibido sentencia condenatoria ejecutoriada por cualquier delito;
  • No registrar procesos judiciales de carácter penal pendientes;
  • No haber recibido sentencia condenatoria ejecutoriada por delitos o contravenciones en asuntos de violencia intrafamiliar o de género;
  • No haber incurrido en el cumplimiento de los deberes y responsabilidades como ecuatorianos establecidos en la Constitución de la República del Ecuador;
  • No deber dos o más pensiones alimenticias;
  • Aprobar cada una de las fases del proceso de reclutamiento, selección e ingreso; y,
  • No encontrarse inmerso en algunas de las inhabilidades contempladas el artículo 34 del Código Orgánico de Entidades de Seguridad Ciudadana y Orden Público, en lo que fuere aplicable al proceso de reclutamiento, selección e ingreso o en lo establecido en la Ley Orgánica del servicio público que inhabilitan el desempeño del cargo público.
  • No estar afiliado a ningún partido político.

Foto cortesía.

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