Antes de su entrada en vigencia, el presidente Daniel Noboa tendrá que sancionar la reforma tributaria aprobada por la Asamblea Nacional, puede vetarla o allanarse al texto.
En principio, no se esperaría un veto al texto, pues ya el presidente Noboa anticipó estar “muy contento” con lo actuado por la Asamblea Nacional.
Una vez que sea enviada al Registro Oficial, la reforma tributaria entrará en vigencia. Con la ley, denominada de Eficiencia Económica y de Generación de Empleo, Noboa espera una recaudación de USD 832 millones en 2024.
El gobierno está consciente de que ese ingreso no será permanente, pues solo se percibirá durante 2024. El grueso de los ingresos provendrá de una amnistía tributaria o perdón de intereses para contribuyentes morosos, a cambio de que paguen el capital de sus obligaciones.
A continuación, los 12 puntos más importantes del texto aprobado por la Asamblea:
Amnistía o condonación tributaria
Los contribuyentes que paguen la totalidad de las deudas vencidas con el Servicio de Rentas Internas (SRI) hasta la fecha en que entre en vigencia la ley, recibirán la condonación del 100% de los intereses, multas y recargos.
Para acceder a esta condonación tributaria, el contribuyente debe pagar el capital de su deuda en máximo 150 días desde que entre en vigencia la ley.
Pero no se podrán acoger a esta condonación tributaria los familiares del Presidente hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad. La prohibición también aplica a los asambleístas nacionales y provinciales.
Condonación de otras deudas
La propuesta aprobada por la Asamblea plantea que los gobiernos locales, como municipios, prefecturas y juntas parroquiales, también realicen condonación de intereses, multas y recargos de deudas correspondientes a tasas o impuestos.
Para esto, el gobierno local deberá emitir una ordenanza en máximo 45 días desde que la ley esté publicada en el Registro Oficial. Los ciudadanos que se quieran acoger deben pagar el capital de la deuda en máximo 150 días a partir de que se haya expedido la ordenanza.
La Agencia Nacional de Tránsito, el Servicio Público para Accidentes de Tránsito, y las Prefecturas también podrán aplicar una condonación similar.
Esta amnistía sería para las deudas bajo la administración de estas entidades y que se recaudan anualmente como el Impuesto a la Propiedad de vehículos Motorizados por parte del SRI.
Y, además, se plantea la condonación del 100% de los intereses, multas y recargos por deudas vencidas correspondientes a créditos educativos otorgados por banca pública, por el Instituto Ecuatoriano de Crédito Educativo (IECE) o el Instituto de Fomento al Talento Humano.
La deuda con el Banco Central
El Ministerio de Finanzas podrá canjear las millonarias deudas que tiene con el Banco Central de Ecuador (BCE) y que hoy tienen un plazo de pago hasta 2035 por una nueva deuda, con plazo a 20 años.
Con esto, el BCE tendría que esperar hasta 2040 para que el Ministerio pague los USD 5.302 millones que le debe.
También se incluyó el detalle de las condiciones del canje de la deuda: tasa de interés de 1,3% anual, sistema de amortización francés y pagos de vencimientos semestrales.
Además, se detalla qué tipo de deudas serían las que se tomarían en cuenta para el canje:
- Bonos del Estado.
- Certificados de depósito e inversión.
- Títulos y obligaciones contractuales que mantenga del Ministerio de Finanzas y de las entidades financieras públicas por contratos financieros.
Las autorretenciones para los grandes contribuyentes
Los 499 grandes contribuyentes, que son las empresas que más impuestos pagan, tendrán que pagar cada mes un porcentaje de sus ingresos al SRI.
Este pago es una autoretención del Impuesto a la Renta que se declara al año siguiente.
El SRI establecerá el porcentaje de autoretención, en función de la tasa impositiva efectiva, que varía según la actividad económica del contribuyente.
En el informe para primer debate se había propuesto que la retención no supere el 90% de la tasa impositiva efectiva de cada sector, pero se eliminó ese porcentaje porque no se presentaron estudios técnicos.
Impuesto para la venta de inmuebles
El proyecto inicial que presentó Noboa planteaba que una persona o empresa que venda, a partir de enero de 2024, sus oficinas y locales comerciales pague Impuesto a la Renta.
Noboa proponía, además, que las personas naturales solo puedan vender una vivienda cada cinco años sin pagar Impuesto a la Renta.
Y, aunque esa propuesta se eliminó del proyecto para el segundo debate, eso no significa que las personas y empresas ya no tendrán que pagar el impuesto cuando vendan inmuebles, aclara Jaime Rumbea, vocero de la Asociación de Promotores de Vivienda (Apive).
Esto, debido a que el expresidente Guillermo Lasso dispuso el cobro de este impuesto por la venta de inmuebles en la Ley de Desarrollo Económico, que entró en vigencia en 2021.
Esa norma incluyó una disposición para comenzar a cobrar este Impuesto a la Renta a partir de 2027.
Rumbea lamenta que en la reforma tributaria no se haya planteado la eliminación de esos artículos de la Ley de Lasso.
Incentivos para crear empleos
Los incentivos tributarios para las empresas que creen nuevas plazas de empleo se mantienen, aunque se realizaron precisiones.
Algunos de los incentivos son:
El contribuyente que genere incremento neto de plazas de trabajo para jóvenes de entre los 18 y 29 años, así como para las personas obligadas a pagar pensiones alimenticias, tendrá una deducción adicional de 50% respecto del gasto de salarios sobre los que se haya aportado a la seguridad social.
La deducción adicional será del 75% si las nuevas plazas de trabajo son de jóvenes graduados o egresados de universidad públicas e institutos superiores técnicos, tecnológicos, pedagógicos, de artes y conservatorios superiores o de instituciones educativas públicas, municipales o fiscomisionales.
El contribuyente que reporte un incremento neto de plazas de trabajo para el sector de la construcción y la agricultura tendrá una deducción adicional de 75% respecto del gasto de sueldos sobre los que se haya aportado a la seguridad social.
La empresa que genere incremento neto de plazas de trabajo para personas que hayan cumplido con una pena privativa de la libertad superior a un año tendrán una deducción adicional del 75% respecto del gasto de sueldos sobre los que se haya aportado a la seguridad social.
Normas para empresas de pronósticos deportivos
También se proponen cambios para las empresas extranjeras que se dedican a pronósticos deportivos. Estas son las reglas que deberán cumplir:
Registrarse en el catastro del registro único de contribuyentes RUC.
Entregar la información para fines tributarios al SRI conforme lo dicte el reglamento.
Declarar y pagar el Impuesto a la Renta Único para Operadores de Pronósticos Deportivos.
Designar un apoderado residente en Ecuador para todos los efectos derivados de la administración del Impuesto a la Renta Único para Operadores de Pronósticos Deportivos.
Si las empresas no cumplen lo que dispone la ley, se bloqueará la dirección IP del sitio web a través del cual opera la empresa. Además, se impondrá una sanción de hasta 30 salarios básicos.
Devolución de IVA
Las personas naturales y las sociedades que pagaron el IVA en las adquisiciones locales o importaciones de bienes y servicios para la construcción de proyectos inmobiliarios, tienen derecho a su devolución del impuesto, sin intereses, en un tiempo no mayor a 90 días.
La devolución será a través de la emisión de una nota de crédito.
Además, los proyectos inmobiliarios deberán ser registrados por el ministerio de ramo o la entidad que corresponda, a excepción de aquellos que sean destinados para la vivienda propia y no superen dos proyectos por año.
Incentivos para el turismo para los establecimientos de alojamiento en el sector turístico se propone que estos puedan cobrar tarifa de 0% de IVA cuando las ventas sean a turistas extranjeros.
También se plantea un incentivo con el que, las nuevas inversiones de turismo desde USD 100.000, no tengan Impuesto a la Renta por siete años.
Zonas francas
Se crea la figura de zonas francas, que son áreas geográficas donde las empresas pagarán menos impuestos.
Las zonas francas se podrán crear para actividades como: actividades industriales de bienes, servicios, actividades comerciales y de logística.
Las zonas francas reemplazan a las Zonas Especiales de Desarrollo (Zedes) introducidas durante el Gobierno de Rafael Correa, y que se podía crear para las siguientes industrias:
1) Transferencia y de desagregación de tecnología e innovación
2) Diversificación industrial.
3) Desarrollar servicios logísticos
4) Servicios turísticos.
Las ZEDE constituidas antes de 2021 tienen un beneficio de 0% en el Impuesto a la Renta los 10 primeros años y 10 puntos menos los 10 siguientes.
La reforma tributaria de Noboa aprobada por la Asamblea plantea que las zonas francas tengan tarifa 0% de Impuesto a la Renta en los 5 primeros años y 15% por el resto del periodo, que es de 30 años.
Nuevo régimen de Alianzas Público Privadas (APP)
La delegación de servicios públicos a través de Alianzas Público Privadas se hará de manera excepcional.
Además, se crea un Comité Interinstitucional de Alianzas Público Privadas. Además, la reforma preserva la actual Secretaría de Alianzas Público Privadas, como una entidad adscrita a la Presidencia de la República.