El Tribunal aceptó la solicitud de la Fiscalía y ordenó la detención preventiva de Francisco Barreiro, quien es hijo de la vicepresidenta Verónica Abad. Esta medida se llevó a cabo alrededor de las 02:20 de la madrugada del viernes 22 de marzo de 2024, como parte de las investigaciones del caso conocido como Nene.
En este caso se está investigando la presunta participación en el delito de oferta de tráfico de influencias. Para obtener pruebas, se realizaron una serie de allanamientos en las ciudades de Quito y Cuenca.
Barreiro fue arrestado en la ciudad sureña y posteriormente llevado a la capital para enfrentar la audiencia de formulación de cargos. La audiencia comenzó alrededor de las 22:00 en el Complejo Judicial Norte, y se llevó a cabo en privado.
Francisco Barreiro Abad es un individuo con formación en Derecho y Ciencias Políticas y Sociales, graduado en la Universidad de Cuenca. Además, posee una maestría en Alta Dirección Empresarial, según lo indicado en su perfil de LinkedIn.
Desde el año 2020 hasta la actualidad, ha trabajado como profesional independiente en el Centro de Arbitraje y Mediación. También desempeñó el rol de Director Nacional de Servicios de Mediación desde diciembre de 2023 hasta enero de 2024.
Antes de ocupar sus funciones actuales, Barreiro Abad trabajó como intendente de Policía del Azuay y también como comisario nacional de Policía en los cantones Pucará y Cuenca.
Hasta el momento, ni la Vicepresidencia ni Abad han hecho declaraciones sobre este caso. Cabe destacar que la Vicepresidenta ha mantenido una distancia política con el presidente Daniel Noboa desde antes de asumir el cargo el pasado 23 de noviembre, tras ganar unas elecciones extraordinarias en reemplazo del conservador Guillermo Lasso.
Noboa, quien parecía estar en desacuerdo con ciertas declaraciones polémicas de su vicepresidenta, nombró a Abad como Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de Ecuador ante Israel. Su función es contribuir a la paz y prevenir el aumento de la tensión entre Israel y Palestina. Abad viajó a ese país en diciembre de 2023 y carece de seguridad estatal.
El delito de oferta de tráfico de influencias se distingue del tráfico de influencias, el cual sanciona un acto ya consumado.
El artículo 286 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) establece la penalización para aquel individuo que, “ofreciéndose a cometer” el delito de tráfico de influencias, solicite “donativos, dádivas, presentes, promesas, derechos, cuotas, contribuciones, rentas, intereses, ventajas, sueldos, bonificaciones, beneficios inmateriales o económicos indebidos”.
La condena por este crimen oscila entre tres y cinco años de reclusión. Además, la legislación estipula que se impondrá la pena máxima si los actos se llevan a cabo “aprovechándose de una declaración de emergencia o estado de excepción”.