Con 94 votos a favor, el Pleno de la Asamblea Nacional de Ecuador aprobó una enmienda al artículo 138 de la Constitución, modificando el número de votos necesarios para ratificar proyectos de ley vetados parcialmente por el Ejecutivo. Anteriormente, se requerían dos tercios de los legisladores (92 votos) para superar el veto presidencial. Con la enmienda, ahora solo se necesitarán 70 votos para insistir en los textos modificados por el Ejecutivo.
Leonardo Berrezueta, asambleísta de la Revolución Ciudadana, destacó que esta enmienda equilibra el poder entre el Ejecutivo y el Legislativo, argumentando que los gobiernos anteriores han abusado de los vetos. Otto Vera, del Partido Social Cristiano (PSC), también apoyó el cambio, señalando que el procedimiento anterior favorecía excesivamente al Ejecutivo, promoviendo un «hiperpresidencialismo».
Jorge Peñafiel, legislador de Construye, argumentó que se deberían mantener los 92 votos para asegurar un equilibrio de poderes, sugiriendo que primero se necesita una reforma política que mejore la calidad de los legisladores y su trabajo.
Un ejemplo del impacto de esta enmienda se verá en la reforma a la Ley Orgánica de Servicio Exterior, que busca reducir la edad mínima para ser embajador o cónsul de 35 a 30 años. La Asamblea Nacional rechazó esta propuesta del Gobierno el 16 de mayo, pero con el antiguo requisito de 92 votos, era probable que el veto del Ejecutivo se impusiera. Con la nueva enmienda y 70 votos necesarios, la Asamblea tiene más posibilidades de mantener su posición.
Antecedentes
El 6 de agosto de 2020, César Litardo, entonces presidente de la Asamblea Nacional, remitió la propuesta de enmienda a la Corte Constitucional, que el 14 de octubre del mismo año aprobó su trámite en la Asamblea.