El pleno de la Corte Constitucional rechazó por improcedente la solicitud de la Asamblea Nacional de conocer el veto de Guillermo Lasso al proyecto de ley del aborto en caso de violación. Tal decisión fue tomada por unanimidad de ocho jueces presentes en la sesión.
La Asamblea Nacional elevó el 5 de abril, con 75 votos a favor, una consulta de constitucionalidad a la Corte sobre el veto del mandatario hacia el proyecto, pero los ochos jueces de la Corte Constitucional rechazaron esa petición, por el motivo de que el único que tiene las facultades para enviar a las Corte un veto por inconstitucionalidad es el presidente de la República.
Es por ello que el Pleno de la Asamblea tiene hasta el 15 de abril para dar una declaración sobre las 61 objeciones del mandatario, de lo contrario entrará en vigor por el Ministerio de la Ley. El trámite de este veto debe continuar en el pleno legislativo y el plazo de 30 días que continúa avanzando vence este 15 de abril.
Este martes 12 de abril, Guadalupe Llori, presidenta de la Asamblea, convocó para el jueves 14 de abril a los asambleístas para reinstalar la sesión 771 y conocer el informe sobre el veto parcial de Guillermo Lasso al proyecto de ley de la interrupción del embarazo en casos de violación.
Los jueces sustentaron la devolución del veto con el hecho de que se citen artículos de la Constitución para sustentar los cambios propuestos o que se presenten otros textos explicando que son para garantizar el contenido del texto constitucional, pues esto no autoriza al pleno legislativo para que pueda calificarlo e interpretarlo.
La Corte Constitucional aclaró que la Asamblea Nacional inició un trámite “ad hoc” donde se ejecutó un ejercicio de interpretación de las objeciones presentadas en el veto del presidente de la República, y se determinó que esa petición no tiene sustento constitucional ni legal, pues la Asamblea no está facultada para activar el control previo de constitucionalidad de un proyecto de ley, de conformidad con los prescrito en los artículos 139 y 438 de la Constitución.
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