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Campaña electoral: artículos que pueden entregar los candidatos

by Ecuador En Directo

En el Código de la Democracia está determinada la prohibición de hacer donaciones, regalos o entregar dádivas a los ciudadanos. Sin embargo, esta regla no siempre es respetada.

A pesar de ello, el Código de la Democracia ha establecido reglas y prohibiciones que deben cumplir los candidatos que buscan llegar a la presidencia de la República o a una curul en la Asamblea Nacional.

Reglas establecidas

1. Sin regalos ni donaciones

A excepción de artículos promocionales reglamentados, según lo determinado por el Código de la Democracia, los candidatos no pueden entregar donaciones, dádivas o regalos a los ciudadanos.

El Consejo Nacional Electoral ha establecido una lista de artículos promocionales que si pueden distribuir en campaña electora, entre ellos, bandera, volantes, camisetas, esferos, pulseras, etc.

Si un candidato incumple esta norma, el CNE no puede iniciar un proceso de sanción de oficio, sino que una persona tiene que emitir una denuncia ante el Tribunal Contencioso Electoral (TCE), ente encargado de tramitar las infracciones electorales.

2. ¿Qué ocurre con quienes van a reelección?

La ley estipula que está prohibido que los candidatos que ejercen una función pública y a los colaboradores y funcionarios den uso de recursos y bienes del Estado en actos proselitistas. Asimismo, el Código de la Democracia, establece la prohibición para los funcionarios, desde la inscripción de su candidatura, de participar en eventos de inauguración de obras u otros financiados con fondos públicos.

A propósito, también se indica que independientemente de la reelección o no, se prohíbe durante la campaña electoral publicitar instituciones públicas, a excepción de los siguientes casos:

  • Cuando se requiera informar a la ciudadanía sobre cierres o habilitación de vías u obras alternas.
  • En situaciones de emergencia, catástrofes naturales, cuando se requiera informar a la ciudadanía sobre medidas de seguridad, evacuación.
  • Momentos en los que se requiera informar temas de importancia nacional tales como: campañas de prevención, vacunación, salud pública, inicio o suspensión de períodos de clases, seguridad ciudadana, u otras de naturaleza similar.
  • También queda prohibido a las instituciones públicas la realización de eventos con artistas internacionales durante la campaña electoral. 

3. Sanciones

Hacer campaña anticipada, entregar dádivas o participar en inauguraciones de obras son infracciones electorales graves, estos actos se sancionen con destitución o suspensión de los derechos políticos de seis meses a dos años.

Si los funcionarios público usan o autorizan el uso de bienes o recursos públicos con objetivos electorales se catalogan con faltas muy graves, siendo penalizado con la destitución o la suspensión de derechos políticos de entre dos a cuatro años.

Fuente: PRIMICIAS

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