A través del Acuerdo MDT-2026-059, que emitió el Ministerio del Trabajo, desde este martes 10 de marzo se regula la aplicación de turnos y horarios especiales de trabajo, por lo que se flexibiliza la jornada laboral.
Dicho documento está vigente una vez que ya está publicado en el Registro Oficial, pese a que fue emitido el pasado 27 de febrero.
La nueva norma introduce la denominada jornada laboral eficiente para el desarrollo, que permite redistribuir la jornada semanal de 40 horas hasta un máximo de 10 horas/día, siempre que exista acuerdo entre empleador y trabajador y no se supere el límite semanal.
Sobre los recargos de horas suplementarias y extraordinarias, incluidas las nocturnas, como establece el artículo 55 del Código del Trabajo, se pagarán solo cuando el trabajador haya laborado más de 40 horas a la semana, de acuerdo con el artículo 9 del acuerdo ministerial.
Dicha jornada laboral se cumplirá de forma «presencial, virtual o mixta», con el fin de lograr objetivos de estabilidad familiar y personal, eficiencia en el tiempo, y mayor tiempo libre durante la semana.
Este acuerdo ministerial modifica algunos artículos y disposiciones del documento MDT-2026-046 que se filtró el 20 de febrero.
La normativa también establece el procedimiento para solicitar y autorizar turnos y horarios especiales, que deberán ser aprobados por el Ministerio del Trabajo cuando la naturaleza de la actividad requiera jornadas continuas o esquemas distintos a la jornada ordinaria.
Además, incluye disposiciones orientadas a la promoción del empleo joven, priorizando la contratación de personas entre 18 y 29 años en nuevas plazas laborales vinculadas a estos esquemas de trabajo.
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