Al principio, el IVA se cobraba por la leche descremada y semidescremada, pero ahora están exentas. La leche sin lactosa sí será gravada con el impuesto.
El Servicio de Rentas Internas (SRI) revirtió su disposición inicial, que establecía un 15 % de IVA sobre la leche y el pan con excepciones.
En una circular reciente, se retracta y se establece que, como hasta ahora, no estén obligados a pagar IVA. Esto incluye el pan de agua; el pan común, que puede tener azúcar o grasas (por ejemplo, el pan de dulce y los cachitos); el pan especial, que tiene otro tipo de harinas o ingredientes adicionales (por ejemplo, el pan de pascua o el pan de maíz); y el integral (como el pan de avena o centeno) y aquel que contiene granos enteros, semillas o frutos secos.
El SRI comunicó que las leches deslactosadas, así como las que tienen aditivos, frutas o saborizantes, se gravarán con un 15% de impuesto.
«La leche deslactosada, que no es una gran diferencia y que a menudo se recomienda por receta médica, se grava con IVA. Aumentan el costo de vida a las personas que tienen problemas de salud. Rodrigo Gómez de la Torre, presidente de la Cámara de Agricultura, también dijo que no tiene sentido.
Al principio, el IVA se cobraba por la leche descremada y semidescremada, pero ahora están exentas.
¿Propósito recaudatorio?
El documento no hace ninguna modificación en relación a productos como los edulcorantes, que son empleados por sectores vulnerables como los pacientes con diabetes.
Después de la controversia provocada por su circular del 26 de marzo, que establecía la aplicación del IVA a aproximadamente sesenta productos alimentarios, el SRI vuelve atrás en su decisión. Para las asociaciones como la Cámara de Comercio de Guayaquil y la Cámara de Agricultura, se trata de una interpretación legal con el objetivo de recaudar impuestos.
