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El registro de violadores, obligatorio para trabajar

by Kelvin Jarama

Amplía sus horizontes. El proyecto de Ley de Registro Nacional para Violadores, Abusadores y Agresores Sexuales de Niñas, Niños y Adolescentes (Revaas) ya cuenta con informe para segundo debate en el pleno. En el documento, los asambleístas hicieron varios cambios para proteger a menores de edad. El debate en el pleno de la Asamblea se cumplirá en esta semana, según los legisladores de la Comisión de Justicia.

Entre los cambios expuestos, el que más ha llamado la atención es la sanción de destitución para los funcionarios públicos que no entreguen el certificado, que lo adulteren o contraten sin haber solicitado este requisito para personas que trabajen con niños, niñas y adolescentes.

“El incumplimiento de este requisito será causal de destitución o visto bueno, según corresponda, sin perjuicio de que esta acción u omisión pueda dar lugar a acciones civiles o penales ante la eventual agresión en contra de menores”, indicó la asambleísta independiente Lourdes Cuesta.

Por otro lado, se ha matizado la parte del proyecto que hablaba del trabajo “directo” y “habitual” con los niños, niñas y adolescentes. Se eliminó el término habitual, para no dejar fuera de control a los contratos ocasionales.

El legislador Franklin Samaniego (RC) indicó que, luego del debate en la mesa, se decidió finalmente que el ente encargado de manejar el registro será el Ministerio de Gobierno. Su información será reservada y solo se requerirá para el trabajo con los niños.

Para el asambleísta Esteban Torres (PSC), otro cambio importante es que tanto el dueño del establecimiento como los profesores que van a trabajar con niños, deben obtener este certificado. “Si alguien es el representante legal de un colegio o de un club deportivo, o de entrenamiento, vacacional, entretenimiento, entre otros, que tenga que ver con menores de edad, tendrá que tener el documento si quiere el permiso de funcionamiento”, dijo.

Además, se especifica que personas que hayan sido condenadas por delitos sexuales contra niños, niñas y adolescentes, quedan inhabilitados para trabajar con menores de edad por el mismo tiempo de la pena.

“Esta es una medida preventiva y de protección para nuestros niños. Queremos que los violadores, los abusadores sexuales estén lejos de los niños, que ni se acerquen. Estamos alertando a los planteles educativos y a toda institución pública y privada que va a tener a cargo la educación y formación de niños, niñas y adolescentes que tienen que acogerse a esta Ley”, sentenció el legislador Elio Peña (PK).

Datos que contendrá el registro

En el informe aprobado por la Comisión de Justicia, el Registro de Violadores contendrá la siguiente información: nombres y apellidos completos, seudónimos, apodos o sobrenombres; fotografía actualizada, lugar y fecha de nacimiento, nacionalidad, número de cédula o documento de identidad de extranjeros, lugar de domicilio o residencia, delito por el cual fue condenado, el tiempo que fue condenado y sanciones adicionales, registro de huellas dactilares, código de
ADN y lugar de cometimiento del delito.

Fuente: Expreso

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