El tribunal de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) emitió una sentencia el 23 de octubre en la que condenó al exasambleísta Peter Calo (Pachakutik) a 19 años de prisión por el delito de violación.
Además, como parte de la sentencia, se le ordenó indemnizar a la víctima de violación con una suma de 10.000 dólares. Sin embargo, para el Estado, se determinó una compensación de 270.000 dólares, lo que equivale a 27 veces más.
El analista jurídico Pablo Encalada calificó esta disparidad en las reparaciones económicas como absurda: «Los absurdos de nuestra justicia. La condena de cárcel muy bien. Pero la reparación ridícula: 270.000 al Estado y 10.000 a la víctima, es decir, el Estado es 27 veces más víctima que quien sufrió la violación», expresó en su cuenta de X.
Según el diario «El Universo,» «La mayoría de los delitos son de acción pública, lo que significa que el Estado asume la responsabilidad de la acusación y el proceso judicial. En esta situación, la Fiscalía debe tomar la iniciativa y presentar las acusaciones. Como resultado, la víctima a menudo se ve relegada a un segundo plano en este sistema, lo que representa uno de los problemas de nuestro sistema legal actual».
Por lo tanto, resulta incomprensible que se haya fijado una indemnización mayor para el Estado que para la propia víctima. «No es lógico que se haya establecido esta desigualdad, con el Estado recibiendo 27 veces más en reparación que la víctima. Quizás el tribunal no consideró adecuadamente el impacto en la víctima», es un punto de vista que se comparte ampliamente.
La Constitución del 2008 indica que se mantiene el sistema en el cual el Estado persigue, pero la víctima no puede quedar a un lado por lo que se reconoce el derecho de esta última.
“El Código Orgánico Integral Penal (COIP) dictado en 2014 dice que la víctima tiene un rol fundamental en el proceso penal y una de las finalidades más importantes es obtener la reparación. Normativamente está bien el asunto, pero en la práctica, cuando suceden estas cosas en la que quien sufre la víctima es la mujer, no puede ser posible que la reparación sea mayor al Estado, no hay una consecuencia con lo que establece la Constitución”, dice Encalada.
Lo que pudo ocurrir, agrega, es que el tribunal se centró en establecer la culpabilidad y no se detuvo a pensar en la víctima. “Aquí se falta al derecho de reparación”.
La víctima puede plantear una apelación y el tribunal superior podría cambiar esta diferencia, agrega.
De forma unánime, los jueces de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) Felipe Córdova (ponente), Rita Bravo y Luis Rivera decidieron imponer la pena de 19 años de reclusión mayor al exasambleísta Peter Calo, quien fue encontrado como autor directo del delito de violación. La decisión fue dada la mañana de este lunes 23 de octubre, a seis meses de abierto el proceso judicial contra quien en ese momento era legislador en funciones.
