El juez Guillermo Ortega del Tribunal Contencioso Electoral (TCE) emitió una sentencia de primera instancia que suspende por dos años los derechos políticos de la vicepresidenta de la República, Verónica Abad. Esta decisión puede ser apelada.
La causa de la sentencia de primera instancia en el TCE contra Verónica Abad
El proceso contra Abad se originó por una denuncia de la canciller Gabriela Sommerfeld, quien acusó a la Vicepresidenta de realizar declaraciones denigrantes con estereotipos de género, buscando menoscabar su imagen.
El juez Ortega determinó que Abad incurrió en actos de violencia política de género, una infracción electoral tipificada en el artículo 279 del Código de la Democracia.
Además de la suspensión de derechos políticos, el juez impuso una multa de 30 salarios básicos unificados, equivalentes a 14 100 dólares. También dictaminó que Abad debe ofrecer disculpas públicas a Sommerfeld en un diario de circulación nacional, publicando la parte resolutiva de la sentencia en un plazo de 30 días.
Abad deberá depositar el dinero de la multa en la cuenta del Consejo Nacional Electoral (CNE) en un plazo de tres meses. El incumplimiento del pago conllevará al cobro por la vía coactiva, según el artículo 299 del Código de la Democracia.
¿Qué consecuencias tiene la sentencia de primera instancia del TCE contra Verónica Abad?
A pesar de ser una sentencia de primera instancia, el juez Ortega ordenó remitir copias al Ministerio de Trabajo para inscribir la suspensión de los derechos de participación de Abad y su impedimento para ejercer cargo público. También se enviaron copias al CNE para inscribir la suspensión y su exclusión del Registro Electoral por el tiempo de la sanción.