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ADN incluye 13 reformas penales en la nueva Ley de Integridad Pública

by Ecuador En Directo

Los 13 cambios al Código Integral Penal (COIP) que plantea el oficialismo incluyen aspectos del conflicto armado interno que no fueron incluidos en la Ley de Solidaridad, la cual ya trató este tema y se encuentra vigente.

Las leyes que emite la nueva Asamblea Nacional contienen un creciente conjunto de temáticas diversas, buscando modificar múltiples normativas sin mayor relación entre sí. El caso más reciente es la Ley de Integridad Pública, que fue aprobada de forma polémica el 24 de junio.

El proyecto original del presidente Daniel Noboa, enviado como una reforma urgente a la Ley de Contratación Pública, tenía apenas 17 páginas. No obstante, el bloque oficialista devolvió un documento ampliado a 157 páginas que incluye reformas al sistema judicial, al servicio público, al sistema financiero, a temas de infancia y adolescencia, entre otros.

Aunque el texto original tenía un enfoque específico, los legisladores de Acción Democrática Nacional (ADN) en la Comisión de Desarrollo Económico y luego en el Pleno, incorporaron una nueva serie de reformas penales a la versión final.

Esto ocurrió pese a que hace apenas dos semanas, el Ejecutivo ya había aprobado la Ley de Solidaridad Nacional, en la que se introdujeron más de veinte reformas penales relacionadas con el conflicto armado interno, el narcotráfico y el sector hidrocarburífero.

En esta nueva ley, los cambios penales también abordan temas que fueron omitidos en reformas anteriores, como en la propia Ley de Solidaridad y en la Ley de Inteligencia, ambas vigentes desde el 10 y 11 de junio, respectivamente.

A continuación, PRIMICIAS presenta las 13 reformas penales que se incorporaron en la Ley de Integridad Pública:

  1. Adolescentes infractores:
    La propuesta indica que si un menor colabora eficazmente para procesar a los adultos que lo incitaron o enseñaron a cometer un delito, su pena podrá ser reducida a la mitad.
  2. Expulsión de extranjeros:
    Todos los ciudadanos extranjeros sentenciados con prisión deberán ser expulsados del país y se les prohibirá regresar durante 10 años. Esta medida debe constar en la sentencia judicial.
  3. Deportación en conflicto armado:
    Se permite la expulsión de extranjeros privados de libertad, sin necesidad de sentencia ejecutoriada y sin importar cuánto tiempo hayan cumplido. Tendrán prohibido regresar por 40 años y, si lo hacen, serán considerados objetivos militares si el conflicto continúa.
  4. Corrección de un error previo:
    La Asamblea reconoció un error en la Ley de Solidaridad al incluir el «indulto anticipado», pero no el «indulto diferido» en la lista de extinción de penas. Ahora se corrige esa omisión.
  5. Prevaricato de jueces, fiscales y árbitros:
    Funcionarios judiciales que actúen en contra de la ley o que hayan patrocinado previamente a una de las partes serán sancionados con siete años de prisión. Si favorecen a grupos delictivos organizados, la pena será de 10 a 13 años, además de la inhabilitación para ejercer cargos públicos o como abogados por el doble del tiempo de condena.
  6. Fraude procesal:
    Engañar a un funcionario público será penado con 3 a 5 años de cárcel y una inhabilitación de 5 a 8 años. Si se trata de un caso de femicidio encubierto, se aplicará la pena máxima. También se sancionará a quienes oculten evidencias o colaboren con delincuentes.
  7. Omisión de denuncia:
    La pena para este delito pasa de 15 a 30 días, a una de 6 meses a 2 años, además de la inhabilitación profesional por igual período, en casos donde funcionarios no reporten delitos.
  8. Tenencia y porte no autorizado de armas:
    Se aumentan las penas: por tenencia de armas sin permiso, la sanción será de 3 a 5 años; por porte sin autorización, de 5 a 10 años de prisión.
  9. Lo que faltó en la Ley de Inteligencia:
    Se permite que los allanamientos en conflictos armados se ejecuten también con informes del Centro de Inteligencia Estratégica (CIES), no solo de las fuerzas del orden.
  10. Calificación a fiscales:
    En audiencias de flagrancia, los jueces estarán obligados a calificar la actuación de los fiscales.
  11. Suspensión por deportación:
    Se establece que las penas podrán suspenderse si el extranjero deportado no regresa al país dentro del plazo legal, que normalmente es de 10 años.
  12. Régimen semiabierto:
    Se impide el acceso a este beneficio a quienes pertenezcan a grupos armados organizados o hayan cometido delitos conexos.
  13. Régimen abierto:
    Se prohíbe el acceso al régimen abierto a personas vinculadas con grupos armados del conflicto interno o a delitos relacionados.

Además, se suman reformas al Código de la Niñez y Adolescencia para endurecer las sanciones a adolescentes infractores. Las penas de internamiento ahora podrían llegar hasta los 15 años.

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