Home EconomíaSENAE precisa cuáles artículos de uso personal están autorizados para ingresar a Ecuador sin la obligación de pagar tributos

SENAE precisa cuáles artículos de uso personal están autorizados para ingresar a Ecuador sin la obligación de pagar tributos

by Ecuador En Directo

En las últimas semanas, la Aduana del Ecuador ha reforzado los controles en los puntos fronterizos ante el incremento de viajeros que llegan al país por las celebraciones de Navidad y fin de año.

Durante esta temporada, el flujo de pasajeros aumenta considerablemente y los tiempos de atención suelen extenderse.

En días recientes también se han generado cuestionamientos por el cobro de tributos a artículos que muchos viajeros consideran como efectos personales. La institución aclara que estos bienes solo se clasifican como tales cuando, por su cantidad o valor, no pueden interpretarse como mercancía comercial. En esos casos, están exentos de tributos al comercio exterior, recargos arancelarios y de la obligación de presentar permisos, licencias o registros de importación.

Artículos permitidos por vía aérea como efectos personales
Prendas de vestir, artículos de tocador y productos de higiene personal.
Joyas, bisutería y objetos decorativos personales o del hogar.
Libros, revistas y material impreso o fotográfico.

Alimentos sellados o empacados al vacío; productos y artículos para niños.
Herramientas e instrumentos portátiles relacionados con el oficio o profesión del viajero (con respaldo laboral).
Una herramienta portátil de uso doméstico.

Vestuario para artistas, deportistas o agrupaciones.
Medicamentos con receta; vitaminas y suplementos alimenticios (hasta 8 kg).
Ayudas técnicas para adultos mayores o personas con discapacidad (sillas de ruedas, muletas, dispositivos ortopédicos, entre otros).

Equipos médicos personales para medir presión, glucosa o temperatura (máximo dos unidades de cada tipo).
Un equipo de camping por pasajero o por grupo familiar.
Maletas, bolsos y estuches de equipaje.
CD, DVD y discos portátiles.
Hasta dos mascotas, cumpliendo los requisitos sanitarios.
Hasta dos instrumentos musicales o dos accesorios.
Hasta tres artículos deportivos de distintas disciplinas.
Juguetes y objetos de uso personal.
Para mayores de 18 años: cinco litros de bebidas alcohólicas, 20 cajetillas de cigarrillos, una libra de tabaco y 25 habanos.

Hasta seis memorias digitales (para cámaras, laptops o celulares).
Hasta diez videojuegos en CD, cassette o formatos similares.
Utensilios de cocina no eléctricos.

Aparatos eléctricos portátiles de cuidado personal (uno por pasajero o dos por grupo familiar).
Hasta tres aparatos eléctricos portátiles de uso doméstico.
Perfumes: hasta 500 ml por persona o 1.000 ml por grupo familiar.
Cremas y lociones: hasta 2.500 ml por persona o 5.000 ml por grupo familiar.

Efectos personales permitidos (un artículo usado y uno nuevo):
Teléfono celular.
Cámara fotográfica.
Videograbadora o filmadora.
Reproductores o receptores multimedia portátiles de uso doméstico.
Teléfono satelital.
Agenda electrónica o tableta.
GPS portátil de uso personal.
Computador portátil y sus periféricos (mouse, audífonos, etc.).
Consola de videojuegos y hasta dos accesorios, portátiles o no.
Reloj inteligente o smartwatch.

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