Ecuador tendrá un feriado de tres días con motivo del 10 de agosto, fecha en la que se conmemora el Primer Grito de la Independencia. Conozca cuánto le corresponde recibir si trabaja durante esta jornada de descanso.
El país se prepara para un nuevo feriado nacional por el Primer Grito de la Independencia, conmemorado cada 10 de agosto.
Esta fecha histórica simboliza el inicio del proceso de liberación de Ecuador del dominio de la corona española.
Según lo dispuesto en la Ley de Turismo, cuando el descanso obligatorio coincide con un fin de semana, este se traslada al lunes siguiente. En esta ocasión, el feriado nacional será el lunes 11 de agosto.
El descanso iniciará el sábado 9 de agosto y se enlazará con el periodo de vacaciones escolares de la Sierra y Amazonía.
Es importante recordar que este día de descanso no es recuperable, lo que significa que si una persona trabaja en esa fecha deberá recibir una remuneración adicional.
¿Cuánto le deberán pagar?
De acuerdo con el Código de Trabajo, laborar en una fecha de descanso implica que las horas se consideran “extraordinarias” y, por tanto, se debe recibir un recargo del 100% sobre las horas trabajadas.
Para calcular el valor a recibir, se debe dividir el salario mensual para 240 (total de horas laborables en un mes), obteniendo así el valor de la hora ordinaria.
Por ejemplo, si el sueldo básico es de USD 470, el valor por hora será de 1,95.
Este valor se debe duplicar debido al recargo del 100% que aplica en feriados. En el caso del sueldo básico, el resultado es 3,91.
Finalmente, esta cifra se multiplica por las horas trabajadas en el feriado. Si se labora una jornada completa de ocho horas, el cálculo será 3,91 por ocho, dando como resultado USD 31,3 de pago adicional para quien perciba el salario básico.
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