Los magistrados del Tribunal Constitucional anulan el artículo de la legislación que limitaba esta posibilidad solo a los mayores de 18 años
El Tribunal Constitucional ha abierto este miércoles la vía a que los menores transexuales puedan anotar su cambio de sexo en los registros y, por tanto, esto se refleje también en el documento nacional de identidad (DNI). Los magistrados del alto tribunal han decidido anular el artículo de la legislación que limitaba esta posibilidad solo a los que tuvieran más de 18 años.
Y avalan así que también puedan hacerlo los que tengan menos de esa edad, pero cuenten con la «suficiente madurez y se encuentren en una situación estable de transexualidad».
Esta decisión —que se recogerá ahora en una sentencia que se publicará en los próximos días y que cuenta con el voto en contra de dos magistrados— llega después de muchos meses de debate en el seno del pleno, que ha tenido que abordar el asunto tras recibir una cuestión de inconstitucionalidad planteada por la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo.
La redacción de ley de 2007 que regula el cambio de sexo en los registros civiles limita esta opción solo a quienes tienen más de 18 años.
«Toda persona de nacionalidad española, mayor de edad y con capacidad suficiente para ello podrá solicitar la rectificación de la mención registral del sexo», especifica la normativa en su primer artículo. Una disposición que planteó serias dudas al Supremo y que ahora anula el máximo intérprete de la Ley Fundamental.
«¿Y quién decide la ‘suficiente madurez’?»
La victoria sabe agridulce. Natalia Ventín, presidenta de Chrysalis y madre del joven que ha llevado su caso hasta el Constitucional, sabe que esta resolución llega tarde. Su hijo ya ha cumplido 18 años y el daño sufrido no se puede reparar.
Además, acusa al Constitucional de haber estado aplazando la decisión: «Supimos por la prensa que, incluso, decidieron no adoptar una resolución antes de las elecciones para que no interfiriera en ellas. ¿De verdad la identidad de mi hijo debe esperar por ese argumento?», se pregunta Ventín, que también considera insuficiente el paso dado este jueves.
«¿Y quién va a decidir la ‘suficiente madurez’ de la que hablan?» «Y no se puede condicionar la identidad de una persona a que se cumplan unos criterios médicos o psiquiátricos», añade.
FUENTE: EL PAÍS