El 20 de febrero de 2025, un tribunal de la Corte Provincial de Guayas revocó el hábeas corpus otorgado el 24 de diciembre de 2024 por la jueza Tanya Loor, que había declarado la desaparición forzada de los menores Josué, Ismael, Nehemías y Steven, detenidos por una patrulla militar el 8 de diciembre en el sector de Las Malvinas, Guayaquil. La decisión fue tomada por la Sala Especializada de lo Penal, conformada por los jueces Ramos, Bustillos e Íñiguez, quienes anularon la sentencia en su totalidad.
La apelación fue presentada por la exministra del Interior Mónica Palencia, pr4sel embajadora de Ecuador ante la OEA. Fernando Bastías, abogado del Comité de Derechos Humanos de Guayaquil, expresó su preocupación por la escasa motivación del fallo, que se limita a dos párrafos. Anticipó que se interpondrán acciones legales ante la Corte Constitucional. Por su parte, Abraham Aguirre, abogado de las familias de los menores, señaló que se presentará una acción de protección. Ambos juristas coincidieron en que esta resolución no afecta el proceso penal en curso contra los 16 militares implicados en la detención y posterior hallazgo sin vida de los adolescentes.
Este giro en el caso Las Malvinas ha generado un debate sobre la independencia judicial y la protección de los derechos humanos en Ecuador. Organismos internacionales y defensores de derechos humanos han expresado su preocupación por la revocatoria del hábeas corpus y el posible impacto en la búsqueda de justicia para las víctimas. La Corte Constitucional tendrá la última palabra sobre la legalidad de esta decisión, lo que podría sentar un precedente importante en la jurisprudencia ecuatoriana en materia de derechos humanos.
