Especialistas en derecho alertan sobre las posibles vulneraciones a normas nacionales e internacionales si se aprueba la propuesta de reforma que permitiría juzgar a adolescentes como adultos en casos de delitos graves.
Durante el primer debate del Proyecto de Ley de Innovación y Fortalecimiento de la Gestión Pública, conocida como “Ley de Integridad Pública”, en la Asamblea Nacional, se incluyó una disposición que busca modificar el Código de la Niñez y Adolescencia y el COIP. Esta reforma permitiría que menores de edad sean procesados como adultos cuando cometan delitos como asesinato.
La abogada Alejandra Soriano rechazó la iniciativa, argumentando que Ecuador es parte de tratados internacionales que garantizan la protección de la niñez en contextos de violencia. “Un adolescente reclutado por un GDO (grupo de delincuencia organizada) es una víctima y sus actos no pueden ser juzgados porque ha sido compelido a ejecutarlos por una fuerza irresistible como es la del grupo armado”, afirmó.
Además, cuestionó que si el Estado, con todos sus recursos y fuerza pública, no ha logrado frenar el avance del crimen organizado, no se puede esperar que “niños, adolescentes y sus familias los resistan desde la desprotección”.
Soriano también recordó que la Constitución, el Código de la Niñez, la Convención sobre los Derechos del Niño y las Reglas de Beijing constituyen un marco legal vigente que garantiza un sistema especializado de justicia para adolescentes, el cual está por encima del Código Orgánico Integral Penal.
Por su parte, el abogado Diego Mora señaló que, más allá de reformar la ley, se deben implementar políticas preventivas. “Falta fomentar medidas preventivas para que los adolescentes no sean presa fácil de la delincuencia organizada”, manifestó, y subrayó la importancia de ofrecer oportunidades en áreas como el arte, el deporte y la educación.
Normas que se estarían vulnerando
Los especialistas señalan que, de aprobarse la reforma, se transgredirían disposiciones constitucionales que establecen un régimen especial para adolescentes infractores, el cual incluye medidas socioeducativas proporcionales, y limita la privación de libertad solo como último recurso.
Asimismo, se infringiría el Código de la Niñez, que define a los adolescentes como penalmente inimputables, establece que no deben ser juzgados por jueces penales ordinarios, y prohíbe la detención preventiva de niños.
Tratados internacionales en riesgo
Entre las normas internacionales que podrían ser vulneradas están:
- La Convención sobre los Derechos del Niño (CDN): Garantiza un sistema de justicia especializado, presunción de inocencia y respeto de la vida privada del menor.
- Las Reglas de Beijing: Exigen que se consideren la edad, el bienestar y las circunstancias personales del adolescente al momento de aplicar sanciones.
- Las Reglas de La Habana: Prohíben sancionar o detener a menores en condiciones similares a las de los adultos, y exigen su separación en centros de detención.
- El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos: Establece que los menores deben ser tratados conforme a su edad y desarrollo, promoviendo su reinserción social.
