La opción ‘No’ ganó en la consulta popular sobre la convocatoria a una Asamblea
Constituyente, con el 61,65% de respaldo y el 98% de actas escrutadas, mientras que
la opción ‘Sí’ del presidente Daniel Noboa alcanzó un 38,35%. Este resultado
descarta la elaboración de una nueva Constitución, siendo un revés significativo
para Noboa y su movimiento político, que han promovido la necesidad de una nueva
Constitución para enfrentar la crisis de inseguridad que atraviesa el país.
A nivel provincial, solo Tungurahua y Galápagos manifestaron apoyo a la propuesta
de Noboa. En el resto del país, predominó el rechazo a la convocatoria de la
Asamblea Constituyente.
Ante este escenario, si el presidente Noboa mantiene que la problemática en la
lucha contra la violencia reside en la normativa, deberá considerar otras vías como
reformas legales en la Asamblea Nacional o enmiendas y reformas constitucionales,
las cuales podrían incluso ejecutarse en menos tiempo que una Asamblea
Constituyente, cuyo proceso puede extenderse hasta un año desde las elecciones
hasta la institucionalización.
El Gobierno tiene dos alternativas principales para impulsar cambios
constitucionales tras estos resultados:
- Reforma parcial: Puede aplicarse para iniciativas que no restrinjan derechos
constitucionales ni modifiquen el procedimiento de reforma. El proceso
puede iniciarse por el Presidente, pero debe ser debatido en la Asamblea
Nacional al menos en dos ocasiones, con un mínimo de 90 días entre
debates, lo que hace que sea un proceso más ágil que un Constituyente.
- Enmienda constitucional: Se utiliza cuando no se altera la estructura
fundamental del Estado ni se establecen restricciones a derechos o al
procedimiento de reforma. El Presidente puede solicitar una enmienda
directamente a la Corte Constitucional y, si es aprobada, esta pasa a
referéndum. Un ejemplo es la enmienda para la reducción del número de
asambleístas.
Estos mecanismos representan las opciones con las que el Gobierno podría
continuar trabajando en modificaciones constitucionales sin necesidad de una
Asamblea Constituyente, respetando la voluntad expresada en las urnas durante la
consulta popular 2025.
