El lunes 23 de febrero de 2026, el ministro del Trabajo, Harold Burbano, precisó que el nuevo régimen de jornadas y horarios especiales en Ecuador todavía no está vigente. Aunque se han difundido borradores en redes sociales, el documento permanece en una etapa final de socialización y diálogo con sectores productivos y sindicales antes de su publicación oficial.
El ministro señaló que, conforme al artículo 5 del Código Civil, ninguna norma adquiere fuerza de ley sin su publicación en el Registro Oficial. Indicó además que el equipo ministerial sostiene encuentros en Guayaquil y Quito con los “sindicalistas más fuertes del país” y gremios empresariales para revisar la propuesta.
Cuando el acuerdo entre en vigor, no se aplicará de manera automática. El procedimiento establece:
• Acuerdo Voluntario: Debe existir un pacto previo y por escrito entre trabajador y empleador.
• Autorización Ministerial: En casos de horarios rotativos (hospitales, petroleras) o jornadas de hasta 12 horas, la empresa deberá presentar una solicitud que justifique la necesidad técnica.
• Resolución en 10 días: El director Regional del Trabajo contará con 10 días para resolver; de no pronunciarse en ese plazo, operará el silencio administrativo positivo.
Todos los acuerdos deberán registrarse en el sistema del Ministerio del Trabajo. Burbano subrayó que habrá un “seguimiento irrestricto” para evitar imposiciones. Para ello, se habilitarán canales de denuncia anónimos que permitirán inspecciones en las 95 mil empresas registradas en el país, asegurando que el cambio de jornada sea voluntario.
Sobre las horas suplementarias, explicó que se podrá optar por compensarlas con tiempo libre. El Código de trabajo fija 40 horas semanales de hasta ocho horas diarias, y “esto es lo que se va a poder manejar”, mediante el diálogo entre trabajador y empleador, aclaró Burbano.
Finalmente, recordó que está prohibido forzar a trabajadores a participar en protestas políticas: “Nadie puede obligar a un trabajador a salir a una manifestación…”. También reiteró que los trabajadores pueden utilizar canales anónimos para denunciar vulneraciones a sus derechos laborales.
