A través de la firma del Decreto Ejecutivo número 498, formalizada este martes 15 de septiembre de 2026, el presidente de la República, Daniel Noboa, dispuso el estado de excepción debido a grave conmoción interna en las provincias de El Oro, Esmeraldas, Guayas, Los Ríos, Manabí, Pichincha, Santa Elena y Santo Domingo de los Tsáchilas, sumando a los cantones Camilo Ponce Enríquez, provincia del Azuay, Las Naves, provincia de Bolívar y La Maná, en Cotopaxi.
Dicha medida permanecerá activa durante sesenta días. El cese del derecho a la inviolabilidad del domicilio facultará a los efectivos del Bloque de Seguridad, la Policía Nacional y Fuerzas Armadas a realizar incursiones judiciales inmediatas, respondiendo a los motivos de la ordenanza.
Asimismo, restringe el derecho a la libertad de tránsito dentro de El Oro, Guayas, Los Ríos y Manabí, a partir del 17 hasta el 30 de septiembre de 2026, en el horario desde las 00h00 hasta las 05h00.
Finalmente, quedan fuera de la restricción los trabajadores de centros asistenciales y prestaciones sanitarias de la Red Pública Integral de Salud y la Red Privada Complementaria.
