Jorge Zavala Egas, procurador judicial de los hermanos Isaías, entrevistado en el programa Los Especialistas de Ecuador en Directo, se manifestó sobre el caso de los hermanos Roberto y William Isaías declarados inocentes por la justicia ecuatoriana, “las tres sentencias forjadas en el 2012 y 2014, fueron posteriormente objeto de revisión, primero por el Comité de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas en Ginebra y 18 jueces internacionales, dijeron en el punto 7.13 de esa decisión, que esos hechos y pruebas tenían que ser revisadas por un Tribunal de la Corte Nacional de Justicia del Ecuador, luego se suman los juristas del departamento de Estado, de Estados Unidos de Norteamérica, manifiestan a Ecuador que no le conceden la extradición porque no han encontrado en ninguna de las tres sentencias, ningún hecho que pruebe que se haya cometido un delito, por lo tanto, piden que los hechos sean demostrados para proceder a realizar a esta acción. En los años 2016, 2017, 2018, 2019, ponemos el recurso de revisión, motivado por este pronunciamiento internacional de estos jueces ante la Corte Nacional de Justicia, la cual llega efectivamente a la misma conclusión, que no se probaron conforme a derecho los hechos, que dicen constituir peculado y, por eso, la sentencia de mayoría de inocencia, es decir, no se trata de una sentencia de un año o dos años, viene desde Ginebra pasa por Estados Unidos, se recopilan todos los razonamientos que hacen los jueces, se aporta a la Corte Nacional de Justicia, vuelven a revisar y llegan a esa conclusión”, acotó Zavala.
Zavala indicó que, nunca hubo ningún otro proceso, ni existe, en contra de los hermanos Isaías, solamente le correspondía el período septiembre – diciembre 1998, la actual Corte Constitucional Ecuatoriana, decidió en su fallo que se llamó el matrimonio igualitario, entre otras cosas determinó que todos los pronunciamientos, entre esos del Comité de Derechos Humanos de la ONU es vinculante para el Estado ecuatoriano, eso dice de forma expresa ese fallo.
“Nada tiene que ver el proceso penal con los bienes de los hermanos Isaías, estos fueron producto de una confiscación no penal, si no administrativa, por la Agencia de Garantía de Depósitos (AGD) en el año 2018, pero no estaba vinculada a ningún proceso penal, ¿por qué?, porque no podía estarlo, los hechos que forjaron en el 2012 – 2014, se referían a los préstamos de liquidez del Banco Central del Ecuador, nada tiene que ver los bienes de los hermanos Isaías con este tema, ese es un error de percepción que cometen en determinadas informaciones”, señaló Zavala.
Recalcó que ha conversado con los hermanos Isaías de muchas cosas, menos del regreso al país, porque no ha tenido la oportunidad con el ritmo de trabajo, “en que nos puso la sentencia del recurso de revisión, el feriado y la transmisión de mando, también otros temas que conversar, más allá de en algún momento saber que decide la familia Isaías que ha hecho su vida 21 años en Estados Unidos y cual es la decisión con su libertad. La sentencia niega el derecho a los Isaías a repararse de la persecución de 21 años porque no estuvieron privados de libertad, nosotros discrepamos ese criterio, pero lo respetamos, ya que no se puede impugnar, ese fallo es impugnable para cualquiera, por lo tanto, no se puede hacer nada, más que acatarlo, pero se puede hacer un análisis constitucional y cambiar porque no compartimos el criterio, sin embargo, se venera a la mayoría”, resaltó el doctor.
“Filanbanco en 1998 pasó a manos del Estado porque lo obligaba la ley en ese momento, en el programa de reestructuración, los Isaías decidieron pasar un banco con la deuda pagada que tenían con el Banco Central del Ecuador, reconocida por esta entidad el pago de la deuda, entregaron el banco y ese banco arrojó en el año 1998 cuando le entregan un superávit utilidades de 10 millones de dólares, y fue propiedad del Estado. Después que los hermanos Isaías entregan el Banco Filanbanco, el Estado ecuatoriano decide fusionarlo con La Previsora, y el Filanbanco que era solvente, arrojaba utilidades, le unen el banco quebrado, Previsora, y le hacen que pagar la deudas de esta Previsora. Ahí viene la quiebra del Banco Filanbanco – Previsor, y esa quiebra produce la pérdida, pero no fueron los Isaías, fue el Estado ecuatoriano”, enfatizó el procurador.
Puntualizó que el recurso de revisión causa sorpresas porque no tiene fecha de expiración, cualquiera que se crea inocente puede interponerlo para revisar una sentencia errónea, es lo inventaron los alemanes en el siglo XIX y lo aplican todos los países del mundo, y no causa la misma reacción cuando sale un preso después de veinte años, declarado inocente, ni en 30 años que salga un inocente, manifestado culpable, eso sucede en Estados Unidos y en series de televisión, documentales, todos los abogados estudian estos casos y este es un caso que sucede precisamente lo mismo, para quien no estudió este proceso durante veinte años, causa impacto, en el mundo ocurren cientos y miles de casos iguales.
Destacó que la Fiscalía General del Estado nunca ha acusado a los Isaías, ni los acusó, eso es un tema que le corresponde a la Fiscalía del año 2000, por el contrario, expresamente indicó la Fiscalía que no había peculado, eso lo puede explicar, lo mismo dijo el Banco Central del Ecuador, el dueño de los recursos que no hubo peculado, ni perjuicio a esta entidad, y se le presentó el informe a la Fiscalía, de que no se dio esta acción, el Estado ecuatoriano nunca culpó a los Isaías, a la Procuraduría General del Estado le consta.
“La sentencia dice que puede haber delito con respecto a los depósitos de los particulares, más no de los préstamos de liquidez y eso ocurrió después de que los Isaías entregaron el banco, por tanto, si hay hechos que investigar sobre esos delitos ocurridos cuando el banco estaba en manos del Estado, que los investiguen, pero los Isaías no tienen nada que ver, con respecto a eso que pronuncia la Corte. Cuando nosotros fuimos a la ONU en el año 2012, por supuesto, que 18 juristas del Comité de Derechos Humanos revisaron con sus asesores el proceso penal, y ese Comité bifurcó este proceso en dos cosas, en la parte penal y en la confiscación de bienes, en la parte penal del punto 7.14 el Comité dijo que: recuerda su jurisprudencia con arreglo, a la cual incumbe a los Tribunales de los Estados evaluar los hechos y pruebas de cada caso particular o la aplicación de la legislación interna. Y, en consecuencia, nos abre los ojos y nos regresa a hacer la revisión de estos hechos y pruebas, y eso nos notifican en el año 2016. Luego de ese aporte de la ONU, que no se puede llamar interesado, el Comité del mundo de la Organización de las Naciones Unidas y los juristas de Israel, Francia, Alemania, Estados Unidos, Suecia, Dinamarca, opinan esto, y cuando llega a Estados Unidos el pedido de extradición, este dice que no han encontrado los hechos y pruebas para este pedido de extradición y estas sentencias que nos mandan, les solicito que nos envíen hechos y pruebas para que sustenten la extradición de acuerdo con el convenio y procederemos, como nunca lo mandaron porque no existía, con todos estos argumentos propios, se va ha la Corte de Justicia, se pide lo que Ginebra ha indicado, que revisen esos hechos y díganos si somos inocentes o culpables para eso es el recurso de revisión”, aseveró Zavala.
El doctor insistió que, la justicia se equivoca, y por esto mismo existe el recurso de revisión que puede ser para el que robo un par de zapatos, también para el que no los robó y fue condenado por el robo como para aquel que es acusado del peor delito, no cometido, es una invocación a la inocencia, y eso es lo que debe aprender en este país, a respetar la inocencia de las personas porque aquí no se respeta la presunción de esta, se inicia la investigación y para todo el mundo es culpable, viene la depresión, muertes, suicidios, persecución, mediatización, perverso, culpable, ¿cuándo se puede defender su inocencia?, solo el caso de los hermanos Isaías que después de 21 años, en donde la justicia se equivocó.
“Los medios cumplen su función, aquí hay un problema de cultura, los hechos cumplen su función al contarnos estos, la gente por percepción se hace una idea, esa es la labor de los medios de comunicación, la respeto y difundo. Lo que yo sostengo es que, jueces, fiscales, y los que hacen opinión, no pueden dejarse llevar por la percepción, tienen que enterarse de los casos, saber estos detalles que he contado hoy, y conociendo estos se forma una idea, en el periodismo no se puede estar razonando los hechos, informa y esa es su labor, aplaudimos y fomentamos, pero alguien debe razonar y estos son la Fiscalía, jueces y abogados que ayudamos en la acusación contradictoria a estos, y así es como se hace la justicia en un país, se ha llegado con el concurso de todos, equivocados o no, esa es la democracia, es la justicia y es un poder independiente”, aclaró Zavala.
El procurador judicial de los hermanos Isaías afirmó que, es una cuestión de una simple petición para que se desista del pedido de extradición de los Isaías, y se archive, “ese es otro tema típico del Ecuador, en todo país del mundo cuando sale una sentencia que declara la inocencia se cumple inmediatamente, significa sin mediación de ningún otro acto, en las películas cuando dicen inocente, se van, se abrazan, lloran y van directamente a casa, aquí no es así, se exige el oficio, se tramite, ponga el nombre, que pase por cancillería, y sinnúmero de procedimientos, luego de un mes vendrá la respuesta de la cancillería, donde diga que se ha archivado, pero la extradición nunca tuvo vigencia en Estados Unidos porque no le hicieron caso a la sentencia del Ecuador por falta de fundamentos”, subrayó.
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