Las reformas a la ley de Tránsito ya están vigentes. Los conductores que hablen por teléfono al conducir, que irrespeten órdenes de agentes de tránsito o excedan los límites de velocidad no serán sancionados con pérdida de puntos en su licencia, como sucedía antes de los cambios. Ahora, quienes incurran en esas faltas serán amonestados solo con penas económicas.
Esto forma parte de las modificaciones a la normativa que se encuentran inscritas en el registro oficial. En el texto se eliminó la reducción de puntos en 79 casos que tienen relación con las contravenciones de tránsito, que van desde la tercera hasta la séptima clase. Ahí constan faltas como llevar a pasajeros en el balde de una camioneta, no usar cinturón de seguridad, entre otras. Además, rebasar en sitios considerados peligrosos, circular sin placas o con estos distintivos adulterados, llevar carga sin colocar banderines rojos en los extremos sobresalientes o que se estacionen en lugares prohibidos.
Hasta el momento los registros oficiales recogen, 9 728 accidentes de tránsito. Entres estos, la principal causa del siniestro es por conducir desatento: utilizar celular, ver pantallas de video, comer o maquillarse mientras la persona maneja. Algunos de los beneficios para aquellos conductores que acumulen multas de transito también quedaron establecidos en la nueva ley.
Por ejemplo, si una persona tenía una multa de tránsito por $180 y recargos adicionales de $10,80 por no cancelar a tiempo, durante estos días únicamente deberá pagar los $180 iniciales, es decir que los recargos en las multas quedan parcialmente eliminados. Además los conductores que no hayan sido sancionados en un año gozarán de hasta cuatro puntos extras en sus licencias, que se acreditarán a su permiso de manejo para el siguiente año. Quien mantenga sus 30 puntos se beneficiará del descuento del 50% del pago de la especie de la matricula.