Ecuador tiene todavía tres fechas festivas nacionales no recuperables para lo que resta del año. Desde el 2016 existe la Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica del Servicio Público y al Código del Trabajo, que establece anualmente 11 días de descanso obligatorio que no están sujetos a ser recuperados con otros días de trabajo. No obstante, en el caso de negocios, industrias y actividades laborales que no pueden paralizarse, se debe pagar el doble del día de trabajo a los empleados.
De las tres celebraciones con descanso obligatorio que restan, se avecinan el Día de los Difuntos y la celebración por la independencia de Cuenca, los días 2 y 3 de Noviembre, respectivamente. Este será el puente vacacional más largo después del de Carnaval, pues debido a las disposiciones de la conocida como “Ley de Feriados”, cuando los días festivos coincidan en miércoles y jueves, se trasladará al viernes la jornada de descanso del miércoles, en este caso, la del 2 de Noviembre, lo que ocasionará que exista un puente vacacional de 4 días, incluyendo el fin de semana.
El feriado de Navidad es el que cerrará el año, habiendo de por medio la disposición del Ministerio de Turismo de mover la vacancia del domingo 25 de Diciembre al lunes 26, esto con el propósito de incentivar el turismo. Mientras, el 2023 iniciará sin fecha de feriado, pues el 1 de enero coincidirá con un domingo.