A través del Decreto Ejecutivo 353, el presidente Daniel Noboa emitió un nuevo estado de excepción por grave conmoción interna, que abarca ahora a nueve provincias y cuatro cantones del país.
La medida, anunciada el jueves 02 de abril de 2026, tiene una vigencia de 60 días y rige para Guayas, Manabí, Santa Elena, Los Ríos, El Oro, Pichincha, Esmeraldas, Santo Domingo de los Tsáchilas y Sucumbíos, así como en los cantones La Maná (Cotopaxi), Las Naves y Echeandía (Bolívar) y La Troncal (Cañar).
Con este nuevo estado de excepción, el Gobierno suspende los derechos a la inviolabilidad de domicilio e inviolabilidad de correspondencia, por lo que permitirá a las Fuerzas Armadas y a la Policía Nacional realizar allanamientos inmediatos sin orden judicial. Esta declaratoria no incluye toque de queda.
Además, según el decreto, las intervenciones se efectuarán cuando existan indicios de que al interior de un inmueble se ocultan integrantes de grupos armados organizados o de estructuras de delincuencia organizada.
También, los allanamientos que hará la fuerza pública se realizarán cuando se considere que dentro de viviendas o infraestructuras se encuentran: armas, municiones, explosivos, sustancias sujetas a fiscalización, instrumentos u otros objetos cuya tenencia o uso sea constitutivo de infracción penal o que resulten relevantes para prevenir, mitigar o neutralizar amenazas.
El decreto también dispone, de manera excepcional y como último recurso, la requisición temporal de bienes y servicios de origen lícito que resulten estrictamente necesarios para garantizar las operaciones de la fuerza pública.
En la última encuesta del Centro de Investigaciones y Estudios Especializados (Ciees), en Quito y Guayaquil, reveló que el 42% de las personas consideró que la última medida de seguridad del régimen, correspondiente al toque de queda aplicado entre el 15 y el 30 de marzo de 2026, sí aportó a la seguridad.
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