La Corte Constitucional de Ecuador, con los jueces Carmen Corral, Jhoel Escudero y Enrique Herrería, confirmó la vulneración de derechos constitucionales a 209 trabajadores por parte de la estatal petrolera Petroecuador. La Corte inadmitió la acción extraordinaria de protección presentada por Petroecuador, destacando que la empresa mantenía a más de 200 empleados bajo la modalidad de tercerización laboral, contraviniendo el mandato constituyente número 8 de 2008, que prohíbe la tercerización e intermediación laboral en actividades propias de la empresa.
Los 209 trabajadores afectados habían sido contratados por Petroecuador a través de empresas tercerizadoras, sin recibir mejoras en sus condiciones laborales tras ser integrados directamente a la estatal. Estos trabajadores demandaron igualdad salarial y beneficios legales, apoyándose en el artículo 326 de la Constitución, que garantiza igual remuneración por igual trabajo. En primera instancia, el juez falló a favor de los trabajadores, reconociendo la vulneración de sus derechos constitucionales.
Petroecuador apeló esta decisión ante la Corte Provincial, que ratificó la sentencia inicial. Posteriormente, la estatal presentó una acción extraordinaria de protección ante la Corte Constitucional, buscando revertir el fallo. Sin embargo, la Corte Constitucional inadmitió la acción, dando la razón a los 209 trabajadores y ordenando el cumplimiento de la sentencia emitida en julio de 2022.
Petroecuador propuso a los trabajadores convenios de pago a plazos para cumplir con la sentencia. No obstante, la Corte Constitucional subrayó que su decisión es definitiva y no admite recurso alguno, ordenando notificar, archivar la causa y devolver el proceso al juzgado de origen. Los trabajadores esperan que se respete la sentencia y se cumpla plenamente la tutela judicial efectiva.