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La Corte Constitucional evaluará la sanción con cárcel por exceder los límites de velocidad

by Ecuador En Directo

Un Tribunal aceptó tramitar una demanda de inconstitucionalidad presentada por el abogado constitucionalista Andrés Benavides, quien argumenta que la sanción establecida en el Código Orgánico Integral Penal (COIP) es desproporcionada.

Sanción por exceder los límites de velocidad

El 5 de agosto, Benavides presentó una acción pública de inconstitucionalidad contra la pena de tres días de prisión que se aplica según el primer inciso del artículo 386 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).Esta pena se dirige a conductores que superan los límites de velocidad más allá del rango moderado, conforme al reglamento correspondiente.

La sanción debe ser proporcional

Benavides sostiene que las sanciones deben ser proporcionales a la gravedad de la infracción y espera que no se aplique la prisión para quienes excedan los límites moderados de velocidad.

Actualmente, la ley permite imponer tres días de cárcel, una multa de USD 460, y la reducción de 10 puntos en la licencia a conductores que circulen a más de 60 Km/h en áreas urbanas.

Normativa vigente desde el 30 de julio

La normativa se aplica desde el 30 de julio, cuando se iniciaron operativos de control de velocidad utilizando radares de mano. Ese día, un ciudadano extranjero fue detenido por circular a 64 km/h.

La jueza ponente del tribunal, Teresa Nuques, encargada del caso, admitió el recurso presentado por Benavides y recomendó priorizarlo en el orden cronológico para que sea revisado por el Pleno de la Corte.

Notificaciones

La jueza solicitó que se notifique a la Asamblea Nacional, a la Presidencia de la República, y a la Procuraduría General del Estado para que intervengan en el proceso, defendiendo o cuestionando la constitucionalidad de la norma dentro de un plazo de 15 días.

Foto cortesía

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