La Ley de Integridad Pública, que entró en vigencia el 26 de junio de 2025, reformó de manera significativa el sistema de contratación pública en Ecuador. Aunque el proyecto inicial, enviado por el presidente Daniel Noboa a finales de mayo, buscaba simplificar el Sercop en 17 páginas, la Asamblea Nacional devolvió una ley de más de 150 páginas que incluyó reformas adicionales en temas penales, justicia, servicios públicos, impuestos, y contratación estatal.
Uno de los principales cambios es la eliminación de mecanismos como la cotización, la menor cuantía y la contratación preferente, con el objetivo de reducir y modernizar los procedimientos contractuales del sector público. La norma establece que todas las consultorías superiores a USD 10.000 deberán contratarse por concurso público, mientras que aquellas inferiores a ese monto serán tramitadas bajo la figura de ínfima cuantía.
También se introducen nuevas disposiciones para licitaciones y subastas inversas. La subasta inversa electrónica se aplicará a bienes y servicios no incluidos en el catálogo electrónico, con presupuestos mayores a USD 10.000. Por su parte, la licitación se utilizará cuando no se pueda aplicar el catálogo ni la subasta, siempre que el monto también supere los USD 10.000. En cuanto a obras menores, se crearán procedimientos especiales para contratar a microempresas o profesionales individuales.
Las ferias inclusivas dejan de ser una opción preferente para contratar bienes o servicios de producción nacional. Ahora solo podrán utilizarse para adquirir productos no catalogados, según lo determinen el Sercop y la Superintendencia de Economía Popular.
Otro cambio relevante es que la Contraloría General del Estado ya no emitirá informes previos de pertinencia en los procesos de contratación, una decisión que ha generado preocupación. Además, el Sercop ya no podrá emitir normativa secundaria, que pasará a ser competencia exclusiva del Ejecutivo mediante reglamento.
La Ley también establece que:
- Organizaciones sin fines de lucro que contraten hasta USD 20.000 al año no deberán ajustarse a la normativa general.
- Se incorporan servicios conexos en el régimen especial para salud, medicamentos y bienes estratégicos.
- Se elimina el régimen especial para transporte de correo nacional e internacional.
- Funcionarios públicos que intervengan en procesos contractuales deberán certificarse obligatoriamente ante el Sercop.
- En un plazo de 120 días, el Sercop deberá actualizar sus plataformas, con enfoque en datos abiertos e inteligencia artificial.
- El directorio del Sercop será presidido por el presidente de la República o su delegado, y se sumarán representantes de juntas parroquiales y de la Función de Transparencia.
- El control de procesos de contratación ya no será humano, sino que se apoyará en herramientas tecnológicas automatizadas.
- Los proveedores que denuncien corrupción con pruebas válidas tendrán preferencia en futuras contrataciones.
- El Registro Único de Proveedores deberá mostrar información que permita verificar la integridad, experiencia y confiabilidad de cada proveedor.
Esta nueva ley redefine profundamente el modelo de contratación pública en Ecuador y deja abierta la expectativa sobre su aplicación y reglamentación, que deberá estar lista hasta el próximo 10 de agosto.
