La tarde del miércoles 22 de octubre de 2025, el Pleno de la Asamblea Nacional ratificó, en segundo debate, el proyecto con 88 votos afirmativos durante la sesión 49.
Entre las disposiciones aprobadas figura la deportación expedita en casos de riesgo grave, con resolución motivada y control judicial, y la ampliación del período de prohibición de reingreso hasta por 40 años para quienes representen amenazas a la seguridad nacional.
La ley también establece la obligación de presentar certificados de antecedentes penales y registro migratorio para la obtención o renovación de visas, y crea la visa de tránsito o transeúnte para evitar el uso del Ecuador como país de paso irregular. Según la Legislatura, «estas medidas buscan garantizar una migración ordenada sin criminalizar a los migrantes».
Se prevé la revocatoria del estatus de refugiado si el beneficiario representa un riesgo real para la seguridad pública o comete delitos graves, respetando el principio de no devolución y el debido proceso. La reforma impulsa la descentralización de la calificación de retornados, la simplificación de los trámites para la repatriación de cadáveres y la institucionalización de la migración circular como modalidad laboral segura y ordenada.
Finalmente, antes de su publicación en el Registro Oficial, el proyecto será enviado al Ejecutivo para su respectiva sanción u objeción.