El Tribunal Penal de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) integrado por los jueces Luis Rivera (ponente), Javier de la Cadena y Pablo Loaiza concedió la suspensión condicional de la pena por concusión de la exasambleísta y exvicepresidenta de la República, Alejandra Vicuña. Eso implica que deberá cumplir un año de prisión, el pago de USD 40 de multa como autora del delito de concusión y de más de USD 43.000 por reparación integral al Estado.
Los magistrados dieron paso al recurso interpuesto por la defensa de Vicuña por los cargos de indebida aplicación del artículo 264, inciso 4, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), contravención expresa en los artículos 29, 67 y 73.
Así le concedieron la suspensión condicional de la pena que en enero de 2021 fue reformada y que le impuso dos años de cárcel.
Rivera, De la Cadena y Loaiza aceptaron una casación que es un recurso extraordinario con el que se anula una sentencia.
Los jueces advirtieron de errores de derecho en la sentencia emitida por el Tribunal de Apelación de la Sala Penal de la CNJ, del 28 de enero del 2021, y reformaron dicho fallo imponiendo a la ciudadana la pena atenuada de un año de prisión y la multa de USD 40 como autora del delito de concusión, tipificado en el artículo 264, inciso primero, del COIP.
Respecto a la reparación integral, el Tribunal confirmó que Vicuña debe devolver al Estado USD 43.295,04, según los fallos de instancia.
La suspensión de la pena fue concedida en cumplimiento de los requisitos contenidos en el artículo 630 del COIP y está sujeta a algunas condiciones como: residir en un domicilio determinado particular que debería ser puesto en conocimiento del juez de garantías penitenciarias; no salir del país sin previa autorización del juez; pagar la reparación integral dispuesta en el plazo de seis meses; presentarse cada ocho días ante el juez de garantías penitenciarias para acreditar el cumplimiento de las garantías impuestas y no incurrir en reincidencia.
Todas estas condiciones deben cumplirse durante un año, con excepción del pago de la reparación que de no cumplirse al igual que las otras condiciones, dejará sin efecto la suspensión concedida y se ejecutará la decisión original.
Vicuña planteó el recurso de casación contra una pena de dos años de cárcel impuesta en segunda instancia por el delito de concusión ocurrido cuando ella ejerció el cargo de asambleísta. En primera instancia fue condenada a un año de cárcel, debido a que el Tribunal consideró que existían atenuantes.
En ese momento, la Fiscalía probó que María Alejandra Vicuña, como asambleísta, recibió transferencias bancarias de sus tres asesores en su cuenta personal. Estos aportes mensuales solicitados a sus ex colaboradores habrían sido para el financiamiento del movimiento Alianza Bolivariana Alfarista (ABA).
