El décimo cuarto sueldo es un beneficio destinado a los trabajadores en relación de dependencia, así como a pensionistas y jubilados del IESS.
Se otorga como un apoyo económico a las familias por el inicio del año escolar y debe pagarse hasta el 15 de agosto.
Existen dos formas de recibir este sobresueldo: mensualizada o acumulada. Quienes optan por la mensualización reciben 39 dólares adicionales cada mes; mientras que los que lo acumulan reciben un único pago de 470 dólares.
Para los trabajadores que laboraron todo el año, el pago será completo; si trabajaron menos meses, se calcula de manera proporcional.
El cálculo del décimo cuarto sueldo se realiza dividiendo el SBU (470 dólares) entre 12 meses, lo que da 39 dólares, y multiplicando ese valor por los meses trabajados.
Respecto a las sanciones por incumplimiento, el pago debe efectuarse como máximo hasta el 15 de agosto. Los empleadores que no cumplan pueden recibir multas de tres a 20 salarios básicos unificados (SBU) y deberán además pagar el monto adeudado con los intereses correspondientes.
La normativa laboral protege a los trabajadores y garantiza que este beneficio se entregue oportunamente. Está regulado por el artículo 113 del Código de Trabajo.
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