La Superintendencia de Economía Popular y Solidaria (SEPS) intensificó el 20 de mayo de 2026 su plan de organización y regularización de las cajas comunales y de ahorro en Ecuador, subrayando que estas entidades enfrentan limitaciones legales específicas: no están autorizadas a aceptar depósitos de terceros ni a promocionar servicios financieros al público en general.
La entidad destacó que el propósito de esta iniciativa es salvaguardar la estabilidad de las finanzas comunitarias y asegurar que los fondos de las familias ecuatorianas se gestionen en marcos que son considerados seguros y regulados.
Según la SEPS, las cajas de ahorro operan bajo el principio de “vinculación común”, lo que implica que solo pueden funcionar entre individuos que forman parte de una misma organización, comunidad o grupo específico.
Debido a esta estructura, la normativa actual prohibe que estas entidades reciban fondos de personas externas o realicen actividades similares a las de instituciones financieras que están abiertas al público.
Asimismo, el organismo recordó que estas entidades tienen una restricción patrimonial: solo pueden operar aquellas cuyo patrimonio no exceda los USD 400. 000.
La Superintendencia alertó sobre prácticas que ha observado en el mercado informal, las cuales considera irregulares, como la captación abierta de fondos de individuos ajenos a la entidad y la retención de dinero bajo métodos conocidos como “encaje previo”.
Según la declaración institucional, estas prácticas carecerían de validez legal y podrían involucrar incumplimientos de la ley, así como, dependiendo del contexto, conllevar responsabilidades penales.
La entidad también mencionó que este tipo de situaciones ya ha sido comunicado a las autoridades pertinentes en ocasiones anteriores.
Como parte de su proceso de regularización, la SEPS recordó que las cajas comunales y las cajas de ahorro tienen hasta el 20 de noviembre de 2026 para ajustar sus estatutos e inscribirse formalmente en el Catastro Público.
