Home PolíticaCorte Nacional de Justicia tramsmitirá recurso de habeas corpus de Jorge Glas

Corte Nacional de Justicia tramsmitirá recurso de habeas corpus de Jorge Glas

by Ecuador En Directo

El expresidente nacional del Movimiento Revolucion ciudadana, Fransisco Hidalgo, solicitó que se tomen los testimonios del exvicepresidente, ademas Hidalgo presentó ante la Corte Nacional de Justicia una acción de habeas corpus señalando la ilegalidad de la captura del expresidente Jorge Glas que recaería en una transgresión al Derecho nacional e internacional, al irrumpir en la Embajada de México en Ecuador. A través de un escrito, de ocho páginas, presentado en la Corte se detallan los hechos relacionados con el exvicepresidente y su situación jurídica.

Como parte de los argumentos para solicitar el habeas corpus se menciona que mientras Glas se encontraba al interior de la Embajada de México en Ecuador desde el 17 de diciembre del 2023 esperando una respuesta a su solicitud de asilo político, el pasado 5 de abril cuando el Gobierno de México le otorgó el amparo, militares y policías ecuatorianos irrumpieron en la sede diplomática para detenerlo, agrediendo incluso al jefe de la Cancillería y Asuntos Políticos de la Embajada de México, Roberto Canseco. Según lo expuesto, ese procedimiento violó el Derecho Internacional, el Derecho Internacional Humanitario e inclusive normas jurídicas de Derecho Interno.

En cuanto a los fundamentos de Derecho se menciona que la acción presentada se deriva por todo ese tipo de violaciones ejercidas, pues se violó la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas, la Convención de Asilo Diplomático de Caracas, así como la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares, el derecho humano al asilo previsto en la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el Código Integral Penal (COIP) sobre allanar una misión diplomática. En este sentido, Hidalgo solicitó que se cumpla con el tema del asilo conforme a la Convención sobre Asilo Diplomático de Caracas. Incluso hizo alusión a lo expuesto por la Corte Constitucional que señala que una privación a la libertad es ilegal cuando es ejecutada en contravención a los mandatos expresos de las normas del ordenamiento jurídico. Añade que “en el caso de existir ruptura de relaciones y el representante diplomático que ha otorgado el asilo ha abandonado el Estado territorial, deberá éste entregar al asilado a la representación de un tercer Estado parte de la Convención con las debidas garantías y, si no es posible a un Estado que no sea parte y que convenga en mantener el asilo”.

Bajo este criterio, se pide que una vez que se convoque a la audiencia se conceda también la comparecencia de Glas, también se pidió que se dé a conocer quién dio la orden del operativo y se conozca el listado con los nombres de militares y policías que intervinieron en el operativo. Asimismo, se exhortó que se pida a la Cancillería de México que remita el certificado de la calidad de asilado de Glas, así como se entreguen las grabaciones de las cámaras de seguridad de la sede diplomática mexicana.

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