En julio pasado, el SRI recomendó a los contribuyentes preparar y validar con anticipación sus sistemas de facturación electrónica.
El Servicio de Rentas Internas (SRI) recordó que a partir del jueves 1 de enero los negocios de todo el país deberán emitir de manera inmediata las facturas, retenciones y documentos complementarios al organismo. Actualmente, tienen cuatro días para emitirlas.
Según el ente recaudador, la transmisión oportuna de los comprobantes electrónicos permitirá agilizar los procesos, incrementar la transparencia y brindar mayor seguridad a los contribuyentes y consumidores. Además, facilitará el cumplimiento de las obligaciones tributarias mediante el uso de herramientas digitales.
En julio pasado, el SRI recomendó a los contribuyentes preparar y validar con anticipación sus sistemas de facturación electrónica para adaptarse a la nueva exigencia.
Por otra parte, con respecto a la anulación de los comprobantes de venta, los contribuyentes deben realizar el trámite en línea y tienen hasta el 7 del mes siguiente al de su emisión. Así consta en la resolución 17 del SRI. Este plazo aplica para las facturas emitidas desde el 1 de agosto de 2025.
Las autoridades señalan que ejecutarán controles para constatar que estas disposiciones se cumplan. De no hacerlo, existirán sanciones.
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